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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - FAIN, ANDREA VERONICA c/ CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES s/DESPIDO

La Corte Suprema admitió la queja y revocó parcialmente la sentencia de la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo en el juicio por despido promovido por Andrea Verónica Fain contra el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Dejó sin efecto el fallo apelado por aplicación de la doctrina de la causa Oliva respecto del acta 2764/2022 y devolvió los autos para un nuevo pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 066183/2017/1/RH001
Despido Acta 2764/2022 Camara nacional de apelaciones del trabajo Recurso extraordinario Queja Art. 280 cpccn Doctrina oliva Consejo profesional de ciencias economicas Caba Honorarios/indemnizacion laboral

¿Quién es el actor?

Andrea Verónica Fain.

¿A quién se demanda?

Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo por despido.

¿Qué se resolvió?

se declaró admisible la queja, parcialmente procedente el recurso extraordinario y se dejó sin efecto la sentencia apelada, con el alcance indicado; las costas se impusieron por su orden; los autos vuelven al tribunal de origen para que se dicte un nuevo pronunciamiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los cuestionamientos de la apelante vinculados con la aplicación del acta 2764/2022 de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo encuentran adecuada respuesta en el pronunciamiento dictado por esta Corte en la causa 'Oliva' (Fallos: 347:100), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad."

"Que, respecto de los demás agravios, el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

¿Cómo votaron los jueces?

344:3156): "...cabe poner de relieve -a fin de evitar interpretaciones erróneas acerca del alcance de los fallos de la Corte Suprema- que la desestimación de un recurso extraordinario mediante la aplicación de dicha norma no importa confirmar ni afirmar la justicia o el acierto de la decisión recurrida".

Normas que cita

  • Constitución Nacional
  • Acordada 2764/2022
  • Ley 17.454

Fallos que cita

  • OlivaCSJN · Fallos 347:100
  • VidalCSJN · Fallos 344:3156

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