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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - ASOCIACION DE DEFENSA DEL ASEGURADO, CONSUMIDORES Y USUARIOS -ADACU- ASOCIACION CIVIL c/ LA MERIDIONAL COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS S.A. s/ORDINARIO

La Corte Suprema admitió parcialmente la queja interpuesta por la asociación actora y dejó sin efecto la imposición de costas a la actora, aplicando el beneficio de justicia gratuita del art. 55 de la ley 24.240. Rechazó los agravios sobre caducidad de la instancia por no tratarse de sentencia definitiva.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
COM 021980/2015/1/RH001
Recurso de queja Caducidad de la instancia Procesos colectivos Sentencia definitiva Costas Justicia gratuita Ley 24.240 Defensa del consumidor Asociacion de consumidores Seguros.

¿Quién es el actor?

Asociación de Defensa del Asegurado, Consumidores y Usuarios - ADACU - Asociación Civil.

¿A quién se demanda?

La Meridional Compañía Argentina de Seguros S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Proceso ordinario iniciado por la asociación de consumidores contra la aseguradora.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, Sala A, había confirmado la declaración de caducidad de la instancia y la imposición de costas a la actora. La Corte Suprema desestimó los agravios sobre la caducidad por no dirigirse contra una sentencia definitiva (art. 14 de la ley 48). En cambio, admitió el recurso extraordinario respecto de las costas, dejó sin efecto la sentencia en ese punto y ordenó imponer las costas de esta instancia a la demandada vencida. Remitió la causa al tribunal de origen para que se dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los agravios contenidos en el recurso extraordinario dirigidos a cuestionar la declaración de caducidad de la instancia, no se dirigen contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (art. 14 de la ley 48)."

"Por el contrario, las cuestiones planteadas en el sub-lite relacionadas con el alcance del beneficio de justicia gratuito previsto por el art. 55 de la ley 24.240 resultan sustancialmente análogas a las examinadas por este Tribunal en la causa 'ADDUC y otros' (Fallos: 344:2835), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir -en lo pertinente- en razón de brevedad."

La asociación sostuvo que, por aplicación del beneficio de justicia gratuita del art. 55 de la ley 24.240, no debía hacerse cargo de los gastos causídicos, citando jurisprudencia de la Corte en ese sentido.

Respecto del Ministerio Público Fiscal, la actora argumentó que, ante el abandono de las asociaciones actoras, debía darse intervención al órgano para continuar el impulso procesal, cuestión que no fue considerada en el pronunciamiento federal por ser ajena a la sentencia definitiva.

Normas que cita

  • Ley 24.240art. 55 · Defensa del consumidor
  • CPCCNarts. 310, 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Constitución Nacional
  • Ley 48art. 14 · Justicia nacional

Fallos que cita

  • ADDUC y otrosCSJN · Fallos 344:2835
  • Fallos 344:2835CSJN

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