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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 2 - AGUILAR SIXTO AGUSTIN c/ LA HOLANDO SUDAMERICANA COMPAÑIA DE SEGUROS SOCIEDAD ANONIMA Y OTROS s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL

La Corte Suprema admitió las quejas por recursos extraordinarios interpuestos por las aseguradoras de riesgos del trabajo en un juicio por accidente laboral y dejó sin efecto la sentencia de la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, por aplicación de la doctrina fijada en la causa Oliva respecto del acta 2764/2022. Los restantes agravios fueron declarados inadmisibles.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 033909/2013/2/RH002
Accidente de trabajo Accion civil Aseguradora de riesgos del trabajo Acta 2764/2022 Doctrina oliva Recurso extraordinario Queja Art. 280 cpccn Competencia laboral Reparacion

¿Quién es el actor?

Sixto Agustín Aguilar.

¿A quién se demanda?

La Holando Sudamericana Compañía de Seguros S.A. y otros, entre ellos Experta ART S.A. y Berkley International ART S.A. (las recurrentes).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo por accidente de trabajo (acción civil de reparación).

¿Qué se resolvió?

se declaran admisibles las quejas, procedentes parcialmente los recursos extraordinarios y se deja sin efecto la sentencia apelada en el alcance indicado; costas por su orden; la causa vuelve al tribunal de origen para que dicte nuevo pronunciamiento conforme a lo aquí decidido.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los cuestionamientos de las apelantes, vinculados con la aplicación del acta 2764/2022 de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo encuentran adecuada respuesta en el pronunciamiento dictado por esta Corte en la causa 'Oliva' (Fallos: 347:100), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad."

"Con relación al resto de los agravios de las apelantes, sus recursos extraordinarios son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

¿Cómo votaron los jueces?

"…cabe poner de relieve -a fin de evitar interpretaciones erróneas acerca del alcance de los fallos de la Corte Suprema- que la desestimación de un recurso extraordinario mediante la aplicación de dicha norma no importa confirmar ni afirmar la justicia o el acierto de la decisión recurrida…" (conf. causa "Vidal", Fallos: 344:3156).

Normas que cita

Fallos que cita

  • OlivaCSJN · Fallos 347:100
  • VidalCSJN · Fallos 344:3156

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