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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 2 - SANCHEZ, FORTUNATO c/ TRANSPORTES SUR NOR C.I.S.A. Y OTRO s/DESPIDO

La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró admisible la queja y procedente el recurso extraordinario interpuesto por la codemandada Transportes SUR NOR C.I.S.A. en un juicio por despido. Dejó sin efecto la sentencia de la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, por aplicación de la doctrina de los precedentes Lacuadra y Oliva sobre las actas 2783/2024 y 2764/2022, y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 038739/2016/2/RH002
Despido Recurso extraordinario Recurso de queja Actas 2783/2024 y 2764/2022 Camara nacional de apelaciones del trabajo Doctrina lacuadra Doctrina oliva Costas por su orden Art. 68 cpccn Transportes sur nor c.i.s.a.

¿Quién es el actor?

Fortunato Sánchez.

¿A quién se demanda?

Transportes SUR NOR C.I.S.A. y otro (codemandado no identificado en el texto).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

despido.

¿Qué se resolvió?

se dejó sin efecto la sentencia apelada, con el alcance indicado, y se devolvieron los autos al tribunal de origen para que se dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto. Las costas se impusieron por su orden en atención a la índole de la cuestión planteada (art. 68 in fine del CPCCN).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los cuestionamientos de la apelante vinculados con la aplicación de las actas 2783/2024 y 2764/2022 de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo encuentran adecuada respuesta en los pronunciamientos dictados por esta Corte en las causas 'Lacuadra' (Fallos: 347:947) y 'Oliva' (Fallos:347:100), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en lo pertinente en razón de brevedad."

Normas que cita

  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Acordada 2783/2024
  • Acordada 2764/2022

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