TORNE, JOSE ANTONIO c/ ESTADO NACIONAL s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD
El actor José Antonio Torne reclamó la incorporación al haber del suplemento por zona previsto en la resolución del Ministerio de Defensa 1459/93. La Corte Suprema declaró formalmente admisible el recurso extraordinario y confirmó la sentencia apelada, remitiendo a los precedentes Bovarí de Díaz y Villegas, Osiris.
Actor (Demandante): José Antonio Torne, quien interviene por derecho propio con el patrocinio letrado del Dr. Luciano Jacinto Nissero.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Incorporación al haber del suplemento por "zona" (resolución del Ministerio de Defensa 1459/93), en el marco de suplementos de las Fuerzas Armadas y de Seguridad.
¿Qué se resolvió?
Se declara formalmente admisible el recurso extraordinario y se confirma la sentencia apelada en lo que fue materia de agravio, con los alcances que surgen de los antecedentes citados. Sin especial imposición de costas por no haber mediado actividad de la contraria.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los cuestionamientos desarrollados acerca de la incorporación del suplemento por 'zona' (resolución del Ministerio de Defensa 1459/93) al haber, encuentran adecuada respuesta en lo resuelto por este Tribunal en las causas 'Bovarí de Díaz' (Fallos: 323:1048) y 'Villegas, Osiris' (Fallos: 323:1061), a cuyos fundamentos corresponde remitir en lo pertinente."
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