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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - FOSARO, NOELIA MARIA CRISTINA c/ TELEFONICA MOVILES ARGENTINA S.A. s/DESPIDO

La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró parcialmente procedentes los recursos extraordinarios deducidos por la demandada en un juicio por despido y dejó sin efecto las sentencias apeladas en lo referido a la capitalización de intereses establecida en el artículo 770, inciso b, del Código Civil y Comercial. La Corte remitió a los fundamentos del precedente Zampelunghe (Fallos: 348:1516) y ordenó devolver los autos al tribunal de origen para que dicte nuevos pronunciamientos conforme a lo resuelto.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 043032/2015/1/RH001
Recurso extraordinario Despido Accidente de trabajo Capitalizacion de intereses Articulo 770 codigo civil y comercial Zampelunghe Intereses Costas Corte suprema Ley especial

¿Quién es el actor?

Noelia María Cristina Fosaro (en la causa principal); Diego Germán Giménez (en la causa conexa CNT 79471/2016).

¿A quién se demanda?

Telefónica Móviles Argentina S.A. (en la causa principal); Experta ART S.A. y otro (en la causa conexa).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

En la causa principal, despido. En la causa conexa, accidente de trabajo regulado por la ley especial.

¿Qué se resolvió?

Se declararon admisibles las quejas y parcialmente procedentes los recursos extraordinarios. Se dejaron sin efecto las sentencias apeladas en cuanto a la capitalización de intereses prevista en el artículo 770, inciso b, del Código Civil y Comercial de la Nación. Las costas se impusieron por su orden, porque las modificaciones en materia de intereses fueron introducidas por la cámara sin haber sido requeridas por los reclamantes (art. 68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Los autos volvieron al tribunal de origen para que, por quien corresponda, se dicten nuevos pronunciamientos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los cuestionamientos de las apelantes vinculados con la aplicación de la capitalización establecida en el inc. b del art. 770 del Código Civil y Comercial de la Nación encuentran adecuada respuesta en el pronunciamiento dictado por esta Corte en la causa 'Zampelunghe' (Fallos: 348:1516), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en lo pertinente en razón de brevedad."

"Costas por su orden en atención a que las modificaciones en materia de intereses fueron introducidas por la cámara sin ser requeridas por los reclamantes (art. 68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

Los fundamentos concretos de la decisión no se desarrollan en el fallo, que remite al precedente citado.

Leyes que cita

  • Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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