JurisprudenciaARG
Corte Suprema

FISOGNI, RUBEN HECTOR Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE DEFENSA s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD

La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró procedentes los recursos extraordinarios interpuestos por miembros de las Fuerzas Armadas y de Seguridad que reclamaban la incorporación del suplemento por zona al haber de retiro. Dejó sin efecto las sentencias apeladas por remisión a los precedentes Bovarí de Díaz y Villegas, Osiris, y devolvió los autos para el dictado de un nuevo fallo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FCB 007546/2020/CS001
Suplemento por zona Haber de retiro Fuerzas armadas Fuerzas de seguridad Resolucion 1459/93 Ministerio de defensa Recurso extraordinario Remision a precedentes Bovari de diaz Villegas

¿Quién es el actor?

Rubén Héctor Fisogni y otros; Gustavo Alberto Aimar y otros.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional, Ministerio de Defensa.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo de suplementos de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, en particular la incorporación del suplemento por "zona" (Resolución del Ministerio de Defensa 1459/93) al haber de retiro.

¿Qué se resolvió?

Se declararon procedentes los recursos extraordinarios, se dejaron sin efecto las sentencias apeladas en lo que fue materia de agravio, con el alcance de los precedentes citados, y se devolvieron los autos al tribunal de origen para dictar un nuevo fallo. Costas por su orden en el sentido de "con costas" a la parte vencida según lo dispuesto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los cuestionamientos desarrollados acerca de la incorporación del suplemento por 'zona' (resolución del Ministerio de Defensa 1459/93) al haber de retiro, han sido resueltos por este Tribunal en las causas 'Bovarí de Díaz' (Fallos: 323:1048) y 'Villegas, Osiris' (Fallos: 323:1061), a cuyos fundamentos corresponde remitir en lo pertinente."

La Corte remite a los fundamentos de los precedentes citados, sin desarrollar argumentación propia. No hay votos en disidencia.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.