JurisprudenciaARG
Instancia unica administrativa

Cencosud SA (TF 29.535-A) c/DGA

La repetición de pagos efectuados a requerimiento del servicio aduanero sólo es procedente cuando la respectiva liquidación no haya sido objeto de revisión en el procedimiento de impugnación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TFN - Sala G
Fuero
ADUANERO
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
EX-2024-117290647-APN-SGASAD#TFN
Competencia Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se discutió la procedencia de la devolución de tributos abonados derivados de liquidaciones suplementarias ligadas a la aplicación retroactiva de la Ley N° 26.351, que incrementó las alícuotas de los derechos de exportación sobre productos agropecuarios entre la fecha de registro de la declaración jurada y la oficialización del permiso de embarque. Se examinaron los antecedentes administrativos relacionados con el pago bajo protesta y la inexistencia de pronunciamiento definitivo en el procedimiento de impugnación, además de la constitucionalidad y legalidad de la norma que estableció la retroactividad. Asimismo, se analizaron las reglas del Código Aduanero sobre los requisitos para la repetición de pagos efectuados a requerimiento del fisco y la modalidad adecuada para la devolución, incluyendo la moneda y la tasa de interés aplicable. El Tribunal consideró principios de seguridad jurídica, retroactividad, derecho de propiedad, y la jurisprudencia nacional respecto a tasas de interés razonables y a la incompatibilidad de modificar condiciones tributarias consolidadas sin afectar derechos adquiridos.

Leyes que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.