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Instancia unica administrativa

BEATRIZ CABRERA VIAJES Y TURISMO S.A. s/incidente – beneficio de litigar sin gastos

El beneficio de litigar sin gastos se concede únicamente a quienes carecen de recursos económicos suficientes y cuya imposibilidad para afrontar los costos judiciales podría afectar su derecho a la defensa en juicio.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TFN - Sala D
Fuero
TRIBUTARIO
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
EX-2025-107213839-APN-TFN#MEC
Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó la solicitud de una empresa para obtener el beneficio de litigar sin gastos, fundamentada en una presunta falta de recursos económicos derivada de una disminución en su actividad comercial desde el año 2024. Se valoró la documentación presentada, incluyendo estados contables, pruebas periciales contables y testimonios sobre contratos futuros y situación financiera. El Tribunal examinó la capacidad económica real de la empresa, su continuidad operativa, el acceso a crédito y la autenticidad y suficiencia de la prueba presentada para acreditar la inexistencia de recursos suficientes para afrontar los costos judiciales. Asimismo, se consideró el marco normativo aplicable y los estándares para determinar cuándo corresponde conceder dicho beneficio, enfatizando la necesidad de verificar la real situación de indigencia y no solo dificultades o iliquidez financiera transitoria.

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