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Primera Instancia

SOSA BOGADO, JUAN MATIAS s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA

El Juzgado Civil y Comercial Federal 4 declaró ciudadano argentino a Juan Matías Sosa Bogado, de nacionalidad paraguaya, tras acreditarse los requisitos constitucionales y legales para la naturalización. La decisión se fundó en la expresa intervención favorable del Ministerio Público Fiscal y en la voluntad manifestada por el peticionante.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL 4
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CCF 007275/2024
Ciudadania argentina Naturalizacion Carta de ciudadania Extranjeros Ley 346 Decreto 3213/84 Juramento de fidelidad Ministerio publico fiscal Cancelacion de ciudadania Enrolamiento.

Actor/Peticionante: Juan Matías Sosa Bogado (solicitud de carta de ciudadanía).

¿A quién se demanda?

No corresponde (procedimiento de naturalización, sin contraparte).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Obtención de la ciudadanía argentina por naturalización.

¿Qué se resolvió?

Se declaró ciudadano argentino al peticionante, condicionado a la prestación de juramento de fidelidad, con la obligación de enrolarse dentro de los doce meses y con la advertencia de cancelación de la ciudadanía si se verifica posteriormente un impedimento legal oculto o fraude (art. 15 Decreto 3213/84). Se ordenaron las comunicaciones de estilo al Registro Nacional de las Personas, a la Cámara Nacional Electoral y a la Dirección Nacional de Migraciones, y se libró oficio al Ministerio de Relaciones Exteriores.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que en estos autos se han acreditado las condiciones prescriptas por la Constitución, la ley N° 346 y su decreto reglamentario para la incorporación de extranjeros a la Ciudadanía Argentina." Asimismo, se tuvo en cuenta "la expresa intervención del Ministerio Público Fiscal en fecha 5/08/2026 y habida cuenta la manifestación de voluntad expuesta por la persona peticionante en el formulario de fs. 9".

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