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Primera Instancia

ALTAMIRANO, NILDA BEATRIZ Y OTRO c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL s/REAJUSTES VARIOS

La parte actora reclamó la correcta movilidad de su haber previsional y la inconstitucionalidad de las normas que lo limitaron, junto con la no retención del impuesto a las ganancias sobre las diferencias retroactivas. El Juzgado Federal de Córdoba N° 2 rechazó la falta de acción, hizo lugar a la demanda, ordenó el reajuste con IPC para el período de la ley 27.609, declaró la inconstitucionalidad de los arts. 7 y 9 de la ley 24.463 y de la ley 27.609, rechazó la inconstitucionalidad del decreto 274/24 y ordenó abstenerse de descontar ganancias.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE CORDOBA 2
Fuero
FEDERAL DE CÓRDOBA
Jurisdicción
Federal · Cordoba
Expediente
FCB 022011/2026
Movilidad previsional Ley 27.609 Ipc Decreto 274/24 Inconstitucionalidad Falta de accion Agotamiento de la via administrativa Prescripcion Impuesto a las ganancias Anses

¿Quién es el actor?

Nilda Beatriz Altamirano y otro.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

correcta movilidad del haber previsional, declaración de inconstitucionalidad de las normas que suspendieron o limitaron su actualización, reclamo de diferencias retroactivas y no retención del impuesto a las ganancias sobre dichas diferencias.

¿Qué se resolvió?

se rechazó la excepción de falta de acción; se hizo lugar a la demanda; se ordenó el reajuste del haber y el pago de diferencias retroactivas con intereses, con abstención de descontar ganancias; se rechazó la inconstitucionalidad del decreto 274/24; se declaró la inconstitucionalidad de los arts. 7 y 9 de la ley 24.463 y de la ley 27.609; se impusieron costas a la demandada y se difirió la regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"este Tribunal adhiere a la jurisprudencia de la Excma. Cámara Federal de la Seguridad Social... exigir el agotamiento de la vía administrativa cuando se cuestiona la validez constitucional de leyes y decretos de movilidad importa un 'ritualismo inútil'". Respecto de la ley 27.609: "la Cámara Federal de Córdoba... ha ratificado su Inconstitucionalidad, al no contemplar el Índice de Precios al Consumidor (IPC) en su integración, lo que generó un notorio deterioro del haber previsional y una afectación directa al principio de movilidad previsto por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional". Sobre el decreto 274/24: "la movilidad otorgada por el Decreto 274/2024, resultó a todas luces beneficiosa para todo el universo de jubilados y pensionados... Dicha circunstancia, no se modifica por el hecho de que meses después, el congreso haya sancionado una ley que establece un porcentaje de aumento más beneficioso, ya que dicha normativa nunca entró en vigencia, por haber sido vetada". Sobre ganancias: "la CSJN... dispuso reintegrar a la actora... los montos retenidos por aplicación de las normas cuestionadas... la cesación de los descuentos en concepto de impuesto a las ganancias de la prestación previsional hasta tanto el Congreso de la Nación legisle sobre el punto."

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