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Primera Instancia

ALCARAZ JUANA ROSA c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La actora reclamó la incorporación a su haber de pasividad de suplementos y compensaciones derivados de resoluciones salariales del Ministerio de Seguridad y la aplicación de movilidad por índice del INDEC. El Juzgado Federal de la Seguridad Social 1 rechazó la demanda por no acreditarse perjuicio ni la falta de actualización proporcional del haber de pensión con respecto al haber de actividad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 1 - SECRETARIA Nº 1
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 031338/2024
Policia federal Pension Suplementos Compensaciones Resoluciones 210/2024 y ss. Movilidad Badaro Proporcionalidad del haber Costas Honorarios (umas).

¿Quién es el actor?

ALCARAZ JUANA ROSA (representada por el Dr. Jorge Appiani).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional – Ministerio de Seguridad (Caja de Retiros, Jubilac. y Pens. de la Policía Federal).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Petición de incorporación al haber de pasividad de las sumas resultantes de las nuevas escalas salariales, suplementos, compensaciones y complementos dispuestos por las Resoluciones 210/2024, 441/2024, 723/2024 y 979/2024 (y futuras), y la aplicación de una actualización por movilidad equivalente al índice de salarios del INDEC (caso “Badaro”).

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la demanda interpuesta por ALCARAZ JUANA ROSA contra el Estado Nacional – Ministerio de Seguridad; se impusieron las costas por su orden; se regularon honorarios de la dirección letrada de la parte actora en la suma de 5 UMAS (equivalente a $529.955.-) y se ordenaron comunicaciones administrativas y protocolizaciones pertinentes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La cuestión a resolver radica en establecer si procede reconocer el derecho a que se incorpore en el haber de pensión los suplementos, compensaciones y complementos dispuestos por las Resoluciones 210/2024, 441/2024, 723/2024 y 979/2024."

"De las constancias de la causa, no se demostró que los haberes de retiro del actor tras la vigencia de la normativa impugnada, no guarden la proporcionalidad con el haber de actividad, ni que se haya configurado una notable e injusta diferencia con el haber de actividad, alterando de esta manera el carácter sustitutivo del beneficio previsional, por lo que no encuentro acreditado el perjuicio que sostiene el accionante que le ocasionó el Estado Nacional."

"Este argumento no puede ser receptado en virtud que el fallo 'BADARO' resulta aplicable al régimen jubilatorio general, que difiere considerablemente del régimen de retiro del personal militar, independientemente de la fuerza en la que se encuentre retirado o pensionado."

"Por los expuestos, he de rechazar la demanda interpuesta por la parte actora."

¿Cómo votaron los jueces?

No existen votos en disidencia en autos; la sentencia es única y firmada por la jueza federal.

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