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Primera Instancia

MUNICIPALIDAD DE LANUS C/ PUJOL ALICIA ENCARNACION S/ APREMIO

La Municipalidad de Lanús promovió ejecución por apremio para cobrar un certificado de deuda por $6.828 y accesorios. El Tribunal hizo lugar al pedido, ordenó llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro del capital e intereses y le impuso las costas a la ejecutada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL N° 4 (EX JCC N°1) - LANUS
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
58713
Apremio Ejecucion Trance y remate Municipalidad Certificado de deuda Intereses Mora 31/07/2018 Costas Domicilio constituido Bono ley 8480

¿Quién es el actor?

MUNICIPALIDAD DE LANUS.

¿A quién se demanda?

PUJOL ALICIA ENCARNACION.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución por apremio para el cobro del capital reclamado de pesos $6.828 correspondiente al certificado de deuda adjunto N°. 114001257210, más intereses desde la mora del 31 de julio de 2018 y demás accesorios (intimación de pago y Bono Ley 8480 mencionados).

¿Qué se resolvió?

Se declaró la pérdida del derecho de la ejecutada a oponer excepciones por haber vencido el plazo; se hizo lugar a la ejecución de trance y remate, ordenándose continuar la ejecución hasta que la ejecutada abone el capital reclamado y los intereses aplicables; se impusieron las costas a la demandada y se difirió la regulación de honorarios. Se tuvo por constituido el domicilio en estrados y se dejó constancia de la intimación en el inmueble de Remedios de Escalada Oeste.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Estos autos caratulados MUNICIPALIDAD DE LANUS C/ PUJOL ALICIA ENCARNACION S/ APREMIO, expte. N°58713, no habiendo el ejecutado opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (art.116 y 155 del CPCC)."

"Conforme lo pedido y lo dispuesto por los arts.540, 549 y ccdtes. del CPCC, FALLO, esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la ejecutada PUJOL ALICIA ENCARNACION haga al acreedor MUNICIPALIDAD DE LANUS íntegro pago del capital reclamado de pesos $6.828.- con más los intereses a la tasa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires (tasa activa- conforme Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Lomas de Zamora, Sala I -9-10-12, reg. sent. int. 259, autos "Meitin German N. c/ Masi Florencia C. s/ Ejecutivo" en trámite por ante éste Juzgado y Secretaría) vigente en los distintos períodos de aplicación desde la mora operada el día 31 de julio de 2018 fecha del vencimiento de la Sentencia administrativas, correspondiente a el certificado de deuda adjunto N°. 114001257210 y hasta su efectivo pago."

"Imponiéndosele las costas a la demandada vencida (arts.68 y 556 del CPCC). Difiriéndose la regulación de honorarios hasta que quede firme la liquidación respectiva (arts.23 y 51 ley 8904)."

"Tiénese por constituído el domicilio de la parte demandada en los estrados del juzgado (art 41 del cpcc) . En cumplimiento de lo dispuesto por la Acordada n°2514/92 de la SCJBA, se deja constancia que la intimación de pago se realizó en el inmueble sito en la calle CNEL. LOGUNES Nº196 PISO: DEPTO: LOCALIDAD: REMDIOS DE ESCALADA OESTE, partido de Lanús."

"Por último, hágase saber a la peticionante que deberá dar estricto cumplimiento con lo ordenado en autos a fs. 4 vta. último párrafo, en relación al Bono Ley 8480."

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