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Primera Instancia

MUNICIPALIDAD DE LANUS C/ RUBINO JORGE JOSE S/ APREMIO

El Municipio de Lanús promovió ejecución por apremio para cobrar un certificado de deuda por capital e intereses. El Tribunal declaró perdido el derecho del ejecutado por no oponer excepciones y ordenó proceder con el trance y remate, imponiendo costas a la parte vencida y regulando honorarios oportunamente.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL N° 4 (EX JCC N°1) - LANUS
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
58403
Apremio Ejecucion Municipalidad de lanus Certificado de deuda n?114001257210 Intereses tasa activa banco provincia Trance y remate Costas Domicilio constituido Ley 8480 (bono) Cpcc arts. 116 155 540 549 556

¿Quién es el actor?

MUNICIPALIDAD DE LANUS.

¿A quién se demanda?

RUBINO JORGE JOSE.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución por apremio para el pago íntegro del capital reclamado de pesos $6.191.- correspondiente al certificado de deuda N°. 114001257210, más intereses a la tasa activa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires desde la mora operada el día 31 de julio de 2018, hasta el efectivo pago; además intimación y medidas de trance y remate.

¿Qué se resolvió?

Se declaró perdido el derecho del ejecutado por no oponer excepciones legítimas en término y, conforme lo pedido y lo dispuesto por los arts. 540, 549 y ccdtes. del CPCC, se hizo lugar a la ejecución ordenando llevar adelante la causa de trance y remate hasta tanto se efectivice el pago. Se impusieron las costas a la demandada vencida y se diferenció la regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"AUTOS Y VISTOS: Estos autos caratulados MUNICIPALIDAD DE LANUS C/ RUBINO JORGE JOSE S/ APREMIO, expte. N°58403, no habiendo el ejecutado opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (art.116 y 155 del CPCC)."

"POR ELLO: Conforme lo pedido y lo dispuesto por los arts.540, 549 y ccdtes. del CPCC, FALLO, esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado RUBINO JORGE JOSE haga al acreedor MUNICIPALIDAD DE LANUS íntegro pago del capital reclamado de pesos $6.191.- con más los intereses a la tasa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires (tasa activa- conforme Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Lomas de Zamora, Sala I -9-10-12, reg. sent. int. 259, autos "Meitin German N. c/ Masi Florencia C. s/ Ejecutivo" en trámite por ante éste Juzgado y Secretaría) vigente en los distintos períodos de aplicación desde la mora operada el día 31 de julio de 2018 fecha del vencimiento de la Sentencia administrativas, correspondiente a el certificado de deuda adjunto N°. 114001257210 y hasta su efectivo pago."

"Imponiéndosele las costas a la demandada vencida (arts.68 y 556 del CPCC). Difiriéndose la regulación de honorarios hasta que quede firme la liquidación respectiva (arts.23 y 51 ley 8904)."

"Tiénese por constituído el domicilio de la parte demandada en los estrados del juzgado (art 41 del cpcc). En cumplimiento de lo dispuesto por la Acordada n°2514/92 de la SCJBA, se deja constancia que la intimación de pago se realizó en el inmueble sito en la calle FELIX DE ALZAGA Nº3312 PISO: DEPTO: LOCALIDAD: REMEDIOS DE ESCALADA ESTE, partido de Lanús."

"Por último, hágase saber a la peticionante que deberá dar estricto cumplimiento con lo ordenado en autos a fs. 4 vta. último párrafo, en relación al Bono Ley 8480."

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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