MUNICIPALIDAD DE LANUS C/ OTERO MARIO ANTONIO S/ APREMIO
La Municipalidad de Lanús promovió apremio ejecutivo para cobrar una deuda certificada por $48.951,00 más intereses. El Tribunal hizo lugar a la ejecución, ordenó trance y remate hasta el pago íntegro y aplicó costas a la demandada, difiriendo la regulación de honorarios.
¿Quién es el actor?
MUNICIPALIDAD DE LANUS.
¿A quién se demanda?
OTERO MARIO ANTONIO.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
ejecución por pago íntegro del capital reclamado de pesos $48.951,00 correspondiente al certificado de deuda N° 114001257210, con más los intereses a la tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires desde la mora operada el 31 de julio de 2018 y hasta su efectivo pago.
¿Qué se resolvió?
Se declaró perdido el derecho del ejecutado por no haber opuesto excepciones legítimas en término; se hizo lugar a la causa de trance y remate y se mandó llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro, imponiéndose las costas a la demandada y difiriéndose la regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
AUTOS Y VISTOS: "Estos autos caratulados MUNICIPALIDAD DE LANUS C/ OTERO MARIO ANTONIO S/ APREMIO, expte. N°70786, no habiendo el ejecutado opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (art.116 y 155 del CPCC)."
POR ELLO: "Conforme lo pedido y lo dispuesto por los arts.540, 549 y ccdtes. del CPCC, FALLO, esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado OTERO MARIO ANTONIO haga al acreedor MUNICIPALIDAD DE LANUS íntegro pago del capital reclamado de pesos $48,951.00.- con más los intereses a la tasa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires (tasa activa- conforme Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Lomas de Zamora, Sala I -9-10-12, reg. sent. int. 259, autos "Meitin German N. c/ Masi Florencia C. s/ Ejecutivo" en trámite por ante éste Juzgado y Secretaría) vigente en los distintos períodos de aplicación desde la mora operada el día 31 de julio de 2018 fecha del vencimiento de la Sentencia administrativas, correspondiente a el certificado de deuda adjunto N°. 114001257210 y hasta su efectivo pago."
"Imponiéndosele las costas a la demandada vencida (arts.68 y 556 del CPCC). Difiriéndose la regulación de honorarios hasta que quede firme la liquidación respectiva (arts.23 y 51 ley 8904)."
Además, constancia procesal: "Tiénese por constituído el domicilio de la parte demandada en la calle RIO DE JANEIRO N° 1,353 PISO: DEPTO: LOCALIDAD: LANUS OESTE, partido de Lanús." y "En cumplimiento de lo dispuesto por la Acordada n°2514/92 de la SCJBA, se deja constancia que la intimación de pago se realizó en el inmueble sito en la calle RIO DE JANEIRO N° 1,353 PISO: DEPTO: LOCALIDAD: LANUS OESTE, partido de Lanús."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.