MUNICIPALIDAD DE LANUS C/ ESPOSITO HECTOR S/ APREMIO
La Municipalidad de Lanús promovió ejecución (apremio) por deuda derivada de sentencia administrativa por $54.405 más intereses desde el 31/07/2018. El Tribunal hizo lugar a la ejecución, declaró perdido el derecho del ejecutado por no oponer excepciones y ordenó llevar adelante el trance y remate hasta el pago, con costas a cargo del demandado.
¿Quién es el actor?
MUNICIPALIDAD DE LANUS.
¿A quién se demanda?
ESPOSITO HECTOR.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución por apremio del pago del capital reclamado de pesos $54.405.- correspondiente al certificado de deuda adjunto N°. 114001257210, más intereses a la tasa activa del Banco Provincia desde la mora operada el día 31 de julio de 2018 (vencimiento de la sentencia administrativa), hasta su efectivo pago.
¿Qué se resolvió?
Se declaró perdido el derecho del ejecutado por no haber opuesto excepciones en término y, conforme arts. 540 y 549 y ccdtes. del CPCC, se hizo lugar a la causa de trance y remate y se mandó llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago del monto reclamado. Se impusieron las costas a la demandada vencida y se difirió la regulación de honorarios. Se tuvo por constituido domicilio del demandado en la calle Río de Janeiro Nº 1.323, Lanús Oeste, y se dejó constancia de la intimación de pago en ese inmueble.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"AUTOS Y VISTOS: Estos autos caratulados MUNICIPALIDAD DE LANUS C/ ESPOSITO HECTOR S/ APREMIO, expte. N°72807, no habiendo el ejecutado opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (art.116 y 155 del CPCC)."
"POR ELLO: Conforme lo pedido y lo dispuesto por los arts.540, 549 y ccdtes. del CPCC, FALLO, esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado ESPOSITO HECTOR haga al acreedor MUNICIPALIDAD DE LANUS íntegro pago del capital reclamado de pesos $54,405.- con más los intereses a la tasa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires (tasa activa- conforme Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Lomas de Zamora, Sala I -9-10-12, reg. sent. int. 259, autos "Meitin German N. c/ Masi Florencia C. s/ Ejecutivo" en trámite por ante éste Juzgado y Secretaría) vigente en los distintos períodos de aplicación desde la mora operada el día 31 de julio de 2018 fecha del vencimiento de la Sentencia administrativas, correspondiente a el certificado de deuda adjunto N°. 114001257210 y hasta su efectivo pago."
"Imponiéndosele las costas a la demandada vencida (arts.68 y 556 del CPCC). Difiriéndose la regulación de honorarios hasta que quede firme la liquidación respectiva (arts.23 y 51 ley 8904)."
"Tiénese por constituído el domicilio de la parte demandada en la calle RIO DE JANEIRO N° 1,323 PISO: DEPTO: LOCALIDAD: LANUS OESTE, partido de Lanús.
En cumplimiento de lo dispuesto por la Acordada n°2514/92 de la SCJBA, se deja constancia que la intimación de pago se realizó en el inmueble sito en la calle RIO DE JANEIRO N° 1,323 PISO: DEPTO: LOCALIDAD: LANUS OESTE, partido de Lanús."
¿Cómo votaron los jueces?
No se registran votos ni disidencias en el texto analizado; el fallo aparece como resolución única firmada por el juez interviniente.
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