MUNICIPALIDAD DE LANUS C/ MARASCO OSCAR RUBEN S/ APREMIO
La Municipalidad de Lanús promovió apremio ejecutivo para cobrar un certificado de deuda por $68.026, con intereses desde el 31 de julio de 2018. El Tribunal hizo lugar a la ejecución y ordenó el trance y remate hasta obtener el pago íntegro, imponiendo costas a la parte vencida.
¿Quién es el actor?
MUNICIPALIDAD DE LANUS.
¿A quién se demanda?
MARASCO OSCAR RUBEN.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución forzosa (apremio) del pago del capital reclamado de pesos $68.026, más intereses a la tasa activa del Banco Provincia desde la mora del 31 de julio de 2018, conforme certificado de deuda adjunto N° 114001257210.
¿Qué se resolvió?
Se declaró perdido el derecho del ejecutado a oponer excepciones por vencimiento del plazo (arts.116 y 155 CPCC) y, conforme arts.540, 549 y ccdtes. del CPCC, se hizo lugar a la causa de trance y remate ordenando llevar adelante la ejecución hasta el efectivo pago del capital e intereses; se impusieron las costas a la demandada vencida y se difirió la regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Estos autos caratulados MUNICIPALIDAD DE LANUS C/ MARASCO OSCAR RUBEN S/ APREMIO, expte. N° 69477, no habiendo el ejecutado opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (art.116 y 155 del CPCC)."
"POR ELLO: Conforme lo pedido y lo dispuesto por los arts.540, 549 y ccdtes. del CPCC, FALLO, esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado MARASCO OSCAR RUBEN haga al acreedor MUNICIPALIDAD DE LANUS íntegro pago del capital reclamado de pesos $68,026.- con más los intereses a la tasa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires (tasa activa- conforme Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Lomas de Zamora, Sala I -9-10-12, reg. sent. int. 259, autos "Meitin German N. c/ Masi Florencia C. s/ Ejecutivo" en trámite por ante éste Juzgado y Secretaría) vigente en los distintos períodos de aplicación desde la mora operada el día 31 de julio de 2018 fecha del vencimiento de la Sentencia administrativas, correspondiente a el certificado de deuda adjunto N°. 114001257210 y hasta su efectivo pago."
"Imponiéndosele las costas a la demandada vencida (arts.68 y 556 del CPCC). Difiriéndose la regulación de honorarios hasta que quede firme la liquidación respectiva (arts.23 y 51 ley 8904)."
Otros aspectos relevantes: Se tilda constituido el domicilio del demandado en Resistencia Nº 933, Lanús Oeste, y se deja constancia de que la intimación de pago se realizó en ese inmueble, conforme Acordada n°2514/92 SCJBA.
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