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Primera Instancia

DE HORMAECHEA LEOPOLDO ENRIQUE S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se promovió declaratoria de herederos por la sucesión ab-intestato de Leopoldo Enrique De Hormaechea, solicitando el reconocimiento de la hija Cintia Karina de Hormaechea como heredera. El Tribunal dictó la declaratoria de herederos a favor de Cintia Karina de Hormaechea, fundamento en la prueba documental (certificados de fallecimiento, matrimonio, nacimiento, sentencia de divorcio, registros y edictos) y lo dictaminado por el Agente Fiscal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº14 - MAR DEL PLATA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
28647
Sucesion ab-intestato Declaratoria de herederos Heredera unica Certificado de fallecimiento (31/08/2019) Certificado de nacimiento (22/01/1982) Sentencia de divorcio (22/08/2001) Publicacion de edictos (8/7/2026) Arts. 2424 y 2426 ccycn C.p.c.c. arts. 734 735 737 Intervencion del agente fiscal (cese)

¿Quién es el actor?

Cintia Karina de Hormaechea.

¿A quién se demanda?

No existe un demandado concreto; trámite de sucesión ab-intestato.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaratoria de herederos por fallecimiento de Leopoldo Enrique De Hormaechea.

¿Qué se resolvió?

Se declaró heredera a la hija Cintia Karina de Hormaechea y se ordenó el cese de la intervención del Agente Fiscal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"I. Que se tiene presente lo dictaminado por el Sr. Agente Fiscal en el escrito de referencia y se procede a dictar la correspondiente declaratoria de herederos (Art. 34 inc. 5 ap. b del C.P.C.C.; art. 29 inc. 4° de la Ley 14.442)."

"II. Que con el certificado acompañado digitalmente con el escrito inicial se acredita el fallecimiento de Leopoldo Enrique De Hormaechea ocurrido el día 31 de Agosto de 2019, en esta ciudad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires."

"III. Que con el certificado acompañado con fecha 26/3/2026 se acredita el matrimonio del causante con Sra. Olga Mabel Girves celebrado el día 26 de diciembre de 1977 en Viedma capital de la provincia de Río Negro."

"IV. Que con la sentencia acompañada se acredita el divorcio vincular del causante con la Olga Mabel Girves. ocurrido el día 22 de agosto deñ año 2001."

"V. Que con el certificado acompañado con la demanda se acredita el nacimiento de la hija del matrimonio: Cintia Karina de Hormaechea, ocurrido el día 22 de enero 1982 en Viedma, Capital de la Provincia de Rio Negro, Republica Argentina."

"I. Que con el ejemplar agregado con fecha 8/7/2026 se acredita haber efectuado la publicación de edictos ordenada en autos según lo previsto por el art. 734 inciso 2do. del C.P.C.C.."

"IV. Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y lo dispuesto en los Arts. 2424 y 2426 del Código Civil y Comercial de la Nación y Arts. 735, 737 y concordantes del C.P.C.C. DECLARO: 1ro.) Que en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio del derecho de terceros, por fallecimiento de Leopoldo Enrique De Hormaechea le suceden en carácter de heredera su hija CINTIA KARINA DE HORMAECHEA . 2do.) Cese la intervención del señor Agente Fiscal. REGÍSTRESE."

Leyes que cita

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