MELECHENKO EMILIO LUCIANO Y OTRO/A S/ SUCESION AB-INTESTATO
Solicitud de declaración de herederos por sucesión intestada por el fallecimiento de EMILIO LUCIANO MELECHENKO y de ÁNGELA YOLANDA BECERRA. El Tribunal declara a los hijos CHRISTIAN HERNAN, MARIA VERONICA y EMILIANO como herederos universales y a BECERRA ÁNGELA YOLANDA como cónyuge heredera sobre bienes propios y, si los hubiere, gananciales, con expresa remisión a los artículos aplicados del CCyC y CPCC.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Los interesados en la sucesión que figuran como solicitantes: CHRISTIAN HERNAN; MARIA VERONICA; EMILIANO MELECHENKO Y BECERRA; y BECERRA ANGELA YOLANDA (constan como partes y/o peticionantes en la actuación).
Demandado: No consta parte demandada; se tramita la declaración de herederos ab-intestato.
Objeto: Se solicita la declaración de herederos por fallecimiento de EMILIO LUCIANO MELECHENKO (f. 20/9/22) y de ÁNGELA YOLANDA BECERRA (f. 10/5/26), y la consecuente designación de los universales herederos.
Decisión: Se hace lugar a lo solicitado y se declara que por el fallecimiento de EMILIO LUCIANO MELECHENKO le suceden en carácter de universales herederos sus hijos CHRISTIAN HERNAN, MARIA VERONICA y EMILIANO MELECHENKO Y BECERRA y su cónyuge BECERRA ANGELA YOLANDA (a quién también se le declara heredar sobre los bienes propios si los hubiere y respecto de los gananciales lo que la ley le acuerda). Asimismo, por el fallecimiento de ÁNGELA YOLANDA BECERRA le suceden en carácter de universales herederos sus hijos CHRISTIAN HERNAN, MARIA VERONICA y EMILIANO MELECHENKO Y BECERRA. Se ordena registro y notificación a los domicilios electrónicos constituidos.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
"Que con el certificado de defunción adjunto el 20/5/26 se acredita el fallecimiento de EMILIO LUCIANO MELECHENKO ocurrido el día 20/9/22."
"Que con el certificado adjunto el 17/6/26 se acredita el fallecimiento de ANGELA YOLANDA BECERRA ocurrido el día 10/5/26."
"Que los causantes habían contraído matrimonio el día 11/4/69 según surge del certificado adjunto el 20/5/26."
"Que de esa unión nacieron: CHRISTIAN HERNAN (20/10/70), MARIA VERONICA (9/2/74) Y EMILIANO (8/9/85) -ver certificados de nacimiento adjuntos el 4/6/26 y 29/6/26."
"Que con fecha 29/6/26 se ha efectuado la publicación de edictos que prescribe el art.2340 sobre cuyo resultado negativo informa la Actuaria en este acto (art. 116 del CPCC) y que se puede constatar a través del link: https://boletinoficial.gba.gob.ar/secciones/14247/ver"
"Por ello, de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los artículos 7, 2337, 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial de La Nación y 735, 737 del CPCC, se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de EMILIO LUCIANO MELECHENKO le suceden en carácter de universales herederos sus hijos: CHRISTIAN HERNAN, MARIA VERONICA Y EMILIANO MELECHENKO Y BECERRA Y su cónyuge: BECERRA ANGELA YOLANDA a quién también se le declara heredar sobre los bienes propios si los hubiere sin perjuicio de los que la ley le acuerda respecto de los gananciales. Y por fallecimiento de ANGELA YOLANDA BECERRA le suceden en carácter de universales herederos sus hijos: CHRISTIAN HERNAN, MARIA VERONICA Y EMILIANO MELECHENKO Y BECERRA. REGISTRESE."
"Para que los herederos declarados cuenten con una copia de la presente resolución, cuya firma digital puede ser verificada accediendo mediante el código QR, notifico la misma al domicilio electrónico constituido en este expediente por las partes 20143637817@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR"
"Se deja constancia que la misma carece de todo valor a los fines de la inscripción, cesión y/o transmisión de bienes y derechos, como así también que carece de valor para el cobro de suma alguna de dinero."
- Votos en disidencia: No consta voto dividido ni disidencia en el texto analizado.
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