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BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ DIAZ VAZQUEZ MARIA ZUNILDA S/ COBRO EJECUTIVO

Cobro ejecutivo promovido por el Banco de la Provincia de Buenos Aires por capital adeudado. El Tribunal hizo lugar a la ejecución, ordenó remate y aplicó intereses contractuales (65% TNA, 88,33% TEAV) desde la fecha de mora, imponiendo costas al demandado.

Costas Cobro ejecutivo Remate Domicilio procesal Art. 540 cpcc Intereses contractuales 88 65% tna 33% teav Mora 05/04/2023 Ejecucion hipotecaria/ejecucion prendaria (segun autos).

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: MARIA ZUNILDA DIAZ VAZQUEZ. Objeto: Ejecución por cobro de capital reclamado por $444.903,73 más intereses pactados e intereses desde mora; pedido de remate de bienes. Decisión: Se hizo lugar a la ejecución y se ordenó continuar el trámite hasta tanto la ejecutada pague íntegramente el capital reclamado de $444.903,73 más los intereses que se liquidarán conforme lo fijado; se impusieron las costas al accionado, se difirió la regulación de honorarios y se constituyó domicilio procesal en el juzgado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes del fallo): "I
- La parte demandada, intimada de pago en el domicilio de la calle Esteban Echeverría N° 10475 de la localidad de Trujui, Partido de Moreno (ver trámite de fecha 13/07/2026), no compareció conforme a derecho ni opuso excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según lo informa el Actuario en este acto, por lo que cabe darle por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del C.P.C.C.). En tales condiciones, corresponde dictar sentencia de remate (art. 540 "in fine" del C.P.C.C.)." "II.
- Respecto a los intereses determinados en el instrumento acompañado en la presentación inicial y acompañado en soporte papel conforme surge de la constancia de recepción de documentación de fecha 26/08/2024 (interés fijo de 65% tasa nominal anual, equivalente al 88,33% T.E.A.V), siendo que no resultan excesivos (cfm. Excma. Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Mercedes, Sala II, en expediente N° 29006 de fecha 24 de febrero de 2015, a contrario sensu), corresponde aplicarlos desde la fecha de mora -05/04/2023 (16/08/2024)
- y hasta el efectivo pago." "III
- Las costas han de ser impuestas al accionado que resulta vencido (arts. 556 y 68 del C.P.C.C.)." Bloque dispositvo final: "SENTENCIA: 1°) Mandar llevar adelante la ejecución promovida por BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES contra MARIA ZUNILDA DIAZ VAZQUEZ hasta tanto la parte deudora le haga a la parte acreedora íntegro pago del capital reclamado de $444.903,73, con más los intereses que se liquidarán siguiendo las pautas establecidas en el considerando segundo. 2°) Imponer las costas al accionado por resultar vencido (art. 68, C.P.C.C.). 3°) Diferir la regulación de honorarios para la oportunidad prevista por el art. 51 de la ley 14967. 4°) Tener por constituido el domicilio procesal de la demandada en los estrados del Juzgado (arts. 40 y 41. C.P.C.C.)." (No hubo votos múltiples; resolución dictada por el juez interviniente.)

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