BASILICO DIEGO ALBERTO Y OTRO/A S/ SUCESION AB-INTESTATO
Solicitud de declaratoria de herederos abintestato por fallecimiento de Mario Alberto Basilico. El Tribunal declaró herederos universales a los hijos Natalia Beatriz y Angel Damián Basilico y Galarza y a la cónyuge Graciela Beatriz Galarza, por resultar acreditado el fallecimiento y cumplidas las publicaciones de edicto previstas en el CPCC.
¿Quién es el actor?
Peticionantes en autos identificados en la carátula como Basilico Diego Alberto y otro/a.
¿A quién se demanda?
No se individualiza demandado; trámite de sucesión abintestato.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declaratoria de herederos por fallecimiento de Mario Alberto Basilico (sucesión abintestato).
¿Qué se resolvió?
Se declaró, en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por el fallecimiento de Mario Alberto Basilico le suceden en carácter de herederos universales sus hijos Natalia Beatriz y Angel Damian Basilico y Galarza y su cónyuge Graciela Beatriz Galarza; adicionalmente se declara a la cónyuge heredera respecto de los bienes propios si los hubiere y se deja constancia de sus derechos sobre los gananciales. Regístrese. Se dejó constancia de publicaciones y se requirió aclaración sobre estado civil del causante previo a dictar declaratoria respecto de Diego Alberto Basilico (arts. 724 y 735 CPCC).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
I: "con el certificado de defunción digitalizado a fs. 1 se acredita el fallecimiento de MARIO ALBERTO BASILICO ocurrido el día 21 de octubre de 2025 quien era de estado civil casado con GRACIELA BEATRIZ GALARZA (fs. 1) con quien había contraído matrimonio el día 6 de diciembre de 1974."
II: "de dicha unión conyugal nacieron los siguientes hijos: NATALIA BEATRIZ (fs. 1) el 28 de agosto de 1975 y ANGEL DAMIAN (fs. 1) el 19 de marzo de 1981."
III: "con el diario agregado a fs. 20 consta haberse efectuado la publicación de edicto que prescribe el art. 734 inc. 2 del CPCC, la cual arrojó resultado negativo."
Dispositivo: "Por ello; de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los arts. 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación y arts. 735 y 737 del CPCC, se declara en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de MARIO ALBERTO BASILICO le suceden en carácter de universales herederos sus hijos: NATALIA BEATRIZ y ANGEL DAMIAN BASILICO Y GALARZA y su cónyuge GRACIELA BEATRIZ GALARZA a quien también se le declara heredar en cuanto a los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda respecto a los gananciales. REGISTRESE."
Providencia adicional: "Previo al dictado de la declaratoria de herederos del causante Diego Alberto Basilico: manifiéstese el estado civil del causante a la fecha de su fallecimiento y la existencia de cónyuge supérstite y/o descendientes, debiendo, en su caso, denunciar los datos pertinentes (arg. arts. 724 y 735 del CPCC)."
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Leyes que cita
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
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