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JOBELL, HECTOR JOSE c/ AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO (ARCA) s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD

El actor promovió acción meramente declarativa de inconstitucionalidad contra A.R.C.A. por la aplicación del artículo 79 inc. c) de la ley 20.628 sobre haberes previsionales. El Juzgado Federal hizo lugar, declaró la inconstitucionalidad del precepto respecto de las prestaciones previsionales, ordenó cesar descuentos y disponer la devolución de lo retenido por el período no prescripto con intereses.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Héctor José Jobell, jubilado, representado por apoderado judicial. Demandado: Agencia de Recaudación y Control Aduanero (A.R.C.A.; en la demanda citada como la Administración Federal de Ingresos Públicos). Objeto: Declarar la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del artículo 79 inc. c) de la ley 20.628 (texto según leyes 27.346 y 27.430; texto ordenado decreto 824/2019) en cuanto permite descuentos por impuesto a las ganancias sobre haberes previsionales; y ordenar la devolución de las sumas retenidas por los períodos no prescriptos con más intereses. Decisión: Se hizo lugar a la acción meramente declarativa de inconstitucionalidad; se declaró la inconstitucionalidad del artículo 79 inc. c) de la ley 20.628 en relación con las prestaciones previsionales del actor; se ordenó a la demandada abstenerse de efectuar descuentos por impuesto a las ganancias sobre los haberes previsionales del actor y proceder a la devolución de los montos retenidos por dicho concepto por el período no prescripto, con más intereses; se impusieron las costas a la demandada; se diferirá regulación de honorarios; se librará oficio a la caja otorgante; se registrará y notificará por cédula electrónica e informará a la Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto de la CSJN.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas relevantes del fallo): "La procedencia de la acción meramente declarativa, vía elegida por el accionante, exige ...: 1) que la cuestión no tenga un carácter simplemente consultivo ni importe una indagación meramente especulativa, sino que responda a un caso; 2) que busque precaver los efectos de un acto en ciernes al que se atribuye ilegitimidad y lesión al régimen constitucional federal; 'la acción declarativa constituye un recaudo apto para intentar que se eviten los eventuales perjuicios que se denuncian' (Fallos 318:2374); y 3) que el actor no disponga de otro medio legal más idóneo para ponerle término inmediatamente..." "En tal sentido, corresponde precisar ... el alcance que debe otorgarse al precedente jurisprudencial ... de la Corte Suprema ... 'García, María Isabel c/ AFIP ...' ... 'Que sin perjuicio del tratamiento diferenciado que ha realizado el legislador respecto del colectivo de los beneficiarios de prestaciones de la seguridad social, ... corresponde preguntarse si todos aquellos se encuentran en las mismas circunstancias ... o si existen condiciones especiales, basadas en un estado de mayor vulnerabilidad ... que permitirían distinguir algunos jubilados...'" "Por tal motivo, y en virtud de la decisión adoptada por ambas salas de nuestra Excma. Cámara Federal de Apelaciones y por la Corte Suprema de Justicia de la Nación in re 'García' y fallos dictados con posterioridad, ... corresponde adherir a lo resuelto ... en cuanto a la declaración de inconstitucionalidad del artículo 79 inc. c) de la ley 20.628 ... y su alcance en relación con las prestaciones previsionales." "De la prueba rendida ... se constata que el actor es jubilado y que se le retuvieron sumas en sus haberes en concepto de impuesto a las ganancias. Por lo cual ... corresponde declarar la inconstitucionalidad del artículo 79 inc. c) ... y en consecuencia, ordenar a la demandada que cese de realizar el descuento ...; que proceda al reintegro de las sumas retenidas ... por todo el plazo no prescripto, con más intereses, ello así conforme lo peticionado en el escrito de demanda." "En cuanto a los intereses, la suma resultante generará un interés conforme la tasa pasiva promedio que mensualmente publica el B.C.R.A. y hasta su efectivo pago." "Por revestir este crédito naturaleza tributaria, corresponde estarse a lo normado en la Ley de Procedimientos Tributarios, cuyo art. 56 dispone que: '... Prescribirán a los CINCO (5) años las acciones para exigir, el recupero o devolución de impuestos. El término se contará a partir del 1 de enero del año siguiente a la fecha desde la cual sea procedente dicho reintegro'."
- Disidencias: No se registra voto en disidencia en la sentencia.

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