FERNANDEZ SEBASTIAN EZEQUIEL C/ ASOCIART SA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
Demanda por accidente de trabajo y conciliación entre trabajador y ART por daños. El Tribunal homologó la conciliación por $4.000.000 y reguló costas, tasa de justicia y honorarios, considerando la negociación como justa y conforme a normas laborales de orden público.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: FERNANDEZ SEBASTIAN EZEQUIEL.
Demandado: ASOCIART S.A. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO.
Objeto: Acción especial por accidente de trabajo; pretensión indemnizatoria que fuera sometida a conciliación.
Decisión: Se homologó la conciliación celebrada entre las partes por la suma de PESOS CUATRO MILLONES ($4.000.000), se regularon costas, tasa de justicia y honorarios, y se fijaron pautas para el pago (depósito en cuenta sueldo o alternativa, intimaciones a partes y profesionales).
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal cual del fallo):
"La conciliación arribada alcanza, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes no enervando consecuentemente, las disposiciones laborales de orden público emanado de los arts.15 y 263 L.C.T., por lo que corresponde su homologación para que las mismas puedan beneficiarse con los efectos de la cosa juzgada (art. 30 de la Ley 15.057
- RC 1840/24 SCBA). .-Costas conforme a lo solicitado.-"
"El Tribunal RESUELVE: 1) HOMOLOGAR la conciliación celebrada entre las partes actora FERNANDEZ SEBASTIAN EZEQUIEL y la demandada ASOCIART S.A. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO, por la suma de PESOS CUATRO MILLONES ($4.000.000) imputable a los rubros reclamados en autos y en la forma pactada en el Acuerdo presentado."
"5) REGULACION DE HONORARIOS: En atención a lo acordado en materia de honorarios, de las etapas procesales cumplidas, naturaleza de las cuestiones debatidas, resultado obtenido, actuaciones esenciales y de mero trámite realizadas y calidad y mérito de la labor desarrollada, regúlanse los honorarios del letrado apoderado de la parte actora Dra. GENTILE ANALIA VIVIANA en la cantidad de 7,51 Jus ($400.000) y la Dra. PANTUSO GISELLE LUDMILA en la cantidad de 7,51Jus ($400.000) más IVA en caso de corresponder, y del letrado apoderado de la parte demandada Dr. JUAN PABLO TASSARA en la cantidad de 15,02 Jus ($800.000) más IVA en caso de corresponder, a los que debe adicionarse el 10 % de ley..."
- Votos: La Jueza Vodeb votó por la homologación (texto citado). Los Dres. Amodio y Ginocchio adhirieron por las mismas consideraciones; el fallo es acordado y la parte dispositiva constituye la decisión mayoritaria.
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