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CORDUA SOFIA ISABEL C/ LA SEGUNDA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

La actora promovió acción especial por accidente de trabajo reclamando prestación dineraria por incapacidad sobreviniente. El Tribunal hizo lugar a la demanda y condenó a LA SEGUNDA A.R.T. S.A. a abonar $66.398,80 más intereses moratorios desde el 4/4/2012 conforme la Tasa TIM, con costas a la demandada.

Accidente de trabajo Prestacion dineraria Costas a la demandada Ley 24.557 80 Incapacidad 12% t.o. Ingreso base mensual $5.466 Condena $66.398 Intereses tim desde 4/4/2012 Titularidad de cuenta bancaria Tribunal del trabajo n?1 (san miguel).

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Sofía Isabel Cordua. Demandado: LA SEGUNDA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. (LA SEGUNDA MEDICAL A.R.T. S.A.). Objeto: Acción especial por accidente de trabajo, prestación dineraria por incapacidad física y psíquica sobreviniente. Decisión: Se hizo lugar a la demanda y se condenó a la demandada a pagar a la actora la suma de PESOS SESENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 80/100 ($66.398,80) más intereses moratorios desde el 4 de abril de 2012 conforme la Tasa de Interés Moratorio (TIM). Se impusieron las costas a la demandada. Se ordenó intimar a la actora para acreditar titularidad exclusiva de cuenta bancaria para depósito, y se regularán honorarios una vez firme la liquidación.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, manteniendo el lenguaje del Tribunal): "II.b. Sentidas pericias médica y psicológica determinaron que la actora presenta incapacidad física y psíquica contemplada en la Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales por el 12% de la T.O. (conf. Anexo I incorporado por el Decreto 49/14)." "II.c. Conforme lo informado por el perito contador, el IBM correspondiente a la actora alcanzó la suma de $5.466." "III.a.2.3. Así, tomando en cuenta el Ingreso Base Mensual, el coeficiente conforme la edad del accionante al momento del infortunio y el porcentaje de incapacidad física y psíquica sobreviniente del cual resulta portadora la actora, estimo que las sumas de dinero por dicho concepto ascienden a un total de $66.398,80.-" "III.c.1. Corresponde entonces liquidar los accesorios a través de la tasa bancaria establecida por el BCRA conforme lo previsto por los artículos 765 y 768 inc. c) CCyCN, 'Tasa TIM' desde el día 4 de abril de 2012 y hasta la fecha de su efectivo pago." Bloque dispositivo final (transcripto íntegro por su carácter resolutivo): "EL TRIBUNAL RESUELVE: Hacer lugar a la demanda incoada por la Sra. Sofía Isabel Cordua contra LA SEGUNDA MEDICAL ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A, condenando a esta última, a que abone al primero, dentro de los 10 (diez) días de notificada la presente, mediante depósito en cuenta bancaria perteneciente a estos autos y a la orden de este Tribunal, la suma de PESOS SESENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 80/100 ($66.398,80.-), por concepto del rubro reseñado en la cuestión primera de la presente sentencia; con más los intereses moratorios cuya liquidación se practicara, desde el día 4 de abril de 2012 y hasta la fecha de su efectivo pago, conforme la Tasa de Interés Moratorio -Tasa TIM
- publicada por el Banco Central de la República Argentina (art. 768 inc. c) Código Civil y Comercial de la Nación -Ley 26.994-). Imponer las costas a la demandada (art. 24 Ley 15.057)." (Se consignan además órdenes relativas a acreditación de cuenta bancaria por la actora, suspensión del plazo de pago hasta cumplimiento y apertura de cuenta judicial por el Banco Provincia.)

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