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ANDRADES CARLOS RODOLFO C/ TRANSPORTE SPACAPAN SACIFIA S/ DESPIDO

Reclamo laboral por despido indirecto y salarios no registrados. El Tribunal hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó a la ex empleadora a abonar $3.873.278,71 por indemnizaciones (antigüedad, preaviso, integración, vacaciones, SAC), diferencias salariales y multas previstas en la Ley 24.013, rechazando otros rubros (arts. 80 LCT y 2 Ley 25.323).

Diferencias salariales Indemnizaciones laborales Despido indirecto Primacia de la realidad No registracion Actualizacion art. 55 ley 27.802 Ley 24.013 (art. 8 y 15) Fletero vs. relacion laboral Art. 39 ley 11.653 (juramento estimatorio) Tribunal del trabajo n?1 (junin).

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Sr. Carlos Rodolfo Andrades. Demandado: Transportes Spacapan SACIFIA. Objeto: indemnizaciones por despido (despido indirecto por injuria registral), preaviso, integración, días trabajados del mes del despido, vacaciones proporcionales y SAC sobre dichos rubros, diferencias salariales, sanciones de la Ley 24.013 y otros rubros (arts. 80 LCT y 2 Ley 25.323). Decisión: se hizo lugar parcialmente a la demanda y se condenó a la demandada a pagar $3.873.278,71 en los rubros detallados, con actualización conforme al art. 55 de la Ley 27.802 desde la extinción del vínculo (08/11/2019). Se rechazaron las pretensiones relativas al art. 80 LCT y art. 2 Ley 25.323. Se impusieron costas a la empleadora, se intimó a entregar certificación de servicios y se dispuso la liquidación por Secretaría.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los pasajes más relevantes del texto del Tribunal): "1.
- Haciendo lugar parcialmente a la demanda incoada por el trabajador actor Sr. Andrades, Carlos Rodolfo contra su ex empleadora demandada Transportes Spacapan SACIFIA para que en el plazo de diez días de notificada le abone la suma de Tres millones ochocientos setenta y tres mil doscientos setenta y ocho pesos con 71/ctvos. ($ 3.873.278,71.) que le adeudada en concepto de indemnizaciones por antigüedad por despido indirecto con justa causa, preaviso, integración y días trabajados del mes del despido, vacaciones prop. y SAC sobre dichos rubros, diferencias salariales e indemnizaciones previstas en los arts. 8 y 15 de la Ley 24.013 y rechazando los demás rubros indemnizatorios en reclamo (arts. 80 LCT y 2 Ley 25.323)." "En el caso se acreditó que los servicios prestados por el actor a favor de la firma demandada y por lo que percibía una contraprestación dineraria era de características laborales y no comerciales... Se ha dicho en tal sentido que 'El art. 23 de la L.C.T. cobra operatividad cuando se ha demostrado la prestación de servicios en relación de dependencia'... Se ha pronunciado la jurisprudencia al sostener que 'Prestado el juramento previsto en el art. 39 de la ley 11.653 corresponde a la demandada la demostración de los hechos que debieron consignarse en la documentación contable y laboral...'" "Ello es, que habiendo acreditado que laboró bajo relación de subordinación y dependencia de tal sociedad sin que su relación se encontrara legalmente registrada, corresponde tener por válida la causa injuriosa invocada para configurar su auto despido por dicha causal (conf. arts. 375 del CPCC, 242 y 246 LCT)."
- Montos y fechas relevantes incluidos en la decisión: Fecha de ingreso declarada: 01/05/2004. Fecha de extinción del vínculo: 08/11/2019. Mejor remuneración tomada: $41.448,11. Total condenado: $3.873.278,71. Liquidaciones parciales practicadas (ejemplos): indemnización por antigüedad $663.169,76; art. 8 Ley 24.013 $1.937.699,14; art. 15 Ley 24.013 $838.771,57; diferencias salariales $197.580,23. Actualización conforme art. 55 Ley 27.802 desde 08/11/2019.

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