FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ SOSA DIEGO MARTIN S/ APREMIO
Apremio fiscal contra Diego Martín Sosa por deuda tributaria exigida por el Fisco provincial. El Tribunal ordenó la ejecución, imponiendo el pago íntegro de $2.415.121,70 más intereses y costas, y declaró constituido el domicilio procesal en los estrados por falta de defensa o notificaciones válidas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Demandado: Sr. DIEGO MARTIN SOSA.
Objeto: Ejecución coactiva (apremio) de la deuda que surge de títulos ejecutivos fiscales por el capital reclamado de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS QUINCE MIL CIENTO VEINTIUNO CON SETENTA CENTAVOS ($2.415.121,70), con intereses desde la interposición de la demanda hasta el efectivo pago.
Decisión: Se hizo lugar al apremio y se mandó llevar adelante la ejecución y remate hasta lograr el íntegro pago de la suma reclamada, con más sus intereses y con costas a cargo del ejecutado; se difirió la regulación de honorarios hasta que exista liquidación firme; y por incumplimiento procesal se tuvo por constituido el domicilio en los estrados del juzgado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes y citas textuales):
"I.
- Atento al estado de estas actuaciones, siendo que la parte demandada fue notificada en el domicilio fiscal constituído sito en calle Libertad N° 725 de la ciudad de San Pedro en la Provincia de Buenos Aires (art. 32 del Código Fiscal de la Pcia. de Bs. As., Ley 10.397, texto según Ley 14.333) sin que haya opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido; procede darle por perdido el derecho dejado de usar y dictar este pronunciamiento (arts. 7, 9 Ley 13.406, 155 y 549 C.P.C.C.), el que para la parte ejecutada quedará notificado ministerio de ley en los estrados de este juzgado (art. 13 última parte de la ley 13.406).-
II.
- Por ello, conforme con lo pedido, la deuda que resulta de los títulos ejecutivos base de este apremio, y lo dispuesto por los arts. 104, 168 y concs. del Código Fiscal Ley 10.397, texto ordenado año 2.011.-"
"FALLO: 1º) Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado Sr. DIEGO MARTIN SOSA haga al acreedor FISCO de la PROVINCIA de BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS QUINCE MIL CIENTO VEINTIUNO CON SETENTA CENTAVOS ($2.415.121,70), con más sus intereses desde el momento de la interposición de la demanda y hasta el del efectivo pago; en la forma prescripta por el art. 104 del Código Fiscal, Ley 10.397, texto ordenado año 2.011 y con costas a su cargo (arts. 68 y 556 C.P.C.C.).-
2º) Difiérese la regulación de los honorarios profesionales de la Apoderada Fiscal, hasta tanto obre en autos, liquidación firme (art. 51, Ley 14967).-
3º) No habiendo la parte demandada, dado cumplimiento a lo preceptuado por los arts. 7 Ley 13.406 y 41 del C.P.C.C., tiénesele por constituído el domicilio en los estrados del juzgado (art. 13 última parte Ley 13.406).-
REGÍSTRESE.
- NOTIFÍQUESE a la parte actora y a la parte demandada por ministerio de ley en los estrados del Juzgado.-"
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