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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ NUEVAS SIERRAS S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió apremio provincial contra Nuevas Sierras para cobrar capital e intereses reclamados. El Tribunal hizo lugar a la ejecución ordenando trance y remate hasta el pago de $1.978.634,30 más intereses según art. 104 del Código Fiscal e imputó las costas al vencido.

Ejecucion fiscal Costas al vencido Trance y remate 30 Ley 13.406 Art. 104 codigo fiscal Domicilio constituido en estrados. Regulacion de honorarios diferida Pcias. buenos aires Pago capital $1.978.634 Intimacion y excepciones

¿Qué se resolvió en el fallo?


- Quién demanda (Actor) FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
- A quién se demanda (Demandado) NUEVAS SIERRAS
- Qué se reclama (Objeto de la demanda) Ejecución fiscal por capital reclamado de Pesos UN MILLON NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO CON 30/100 ($1.978.634,30) más intereses conforme art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago; orden de trance y remate y costas al vencido.
- Qué se resolvió (Decisión del tribunal) Se hizo lugar a la ejecución: se mandó llevar adelante la causa de trance y remate hasta tanto la parte ejecutada haga al actor el pago íntegro del capital reclamado ($1.978.634,30) más intereses en los términos del art. 104 del Código Fiscal; se impusieron las costas al vencido y se difirió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos literalmente): "No habiendo la parte ejecutada, debidamente intimada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según informa el Actuario en este acto, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (art. 7 Ley 13.406). Por ello, de conformidad con lo solicitado, y lo dispuesto por los art. 7, 10, 25 y ccs de la Ley 13.406 :" "RESUELVO: I.
- Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte ejecutada haga al accionante FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES íntegro pago del capital reclamado de Pesos UN MILLON NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO CON 30/100 ($1.978.634,30) con mas los intereses conforme lo prescripto por el art. 104 del Código Fiscal (t.o. según Res. 39/11) desde la fecha de interposición de la demanda en Receptoría General de Expedientes y hasta su efectivo pago. Imponiendo las costas al vencido (cfme art. 25 ley 13406).- II.
- Difiérase la regulación de honorarios para la oportunidad prevista en el Art. 51 de la Ley 14967. (Art. 15 y 22 Ley 13.406). Téngase al demandado por constituido el domicilio en los Estrados del Juzgado REGISTRESE
- NOTIFIQUESE.
- en los términos del art. 13 LAP.
- Notifíquese la presente providencia en los términos de los Acs. 4013 y 4039/21 SCBA.-"

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