FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ GONZALEZ SERGIO DANIEL S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco provincial inició apremio provincial para cobrar una deuda tributaria por $1.678.367,60 más intereses. El Tribunal hizo lugar a la ejecución ordenando el cobro íntegro de la suma reclamada con más intereses conforme a la Resolución 10/24 del Ministerio de Economía y declaró perdido el derecho de defensa por vencimiento de plazos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- Quién demanda (Actor)
- FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
- A quién se demanda (Demandado)
- SERGIO DANIEL GONZALEZ.
- Qué se reclama (Objeto de la demanda)
- Ejecución coactiva (apremio provincial) del pago de PESOS UN MILLÓN SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE CON 60/100 ($1.678.367,60) en concepto de capital reclamado, más intereses aplicables.
- Qué se resolvió (Decisión del tribunal)
- Se ordenó la ejecución contra Sergio Daniel Gonzalez hasta hacerse íntegro pago de $1.678.367,60 y los intereses desde la interposición de la demanda conforme a la Resolución 10/24 del Ministerio de Economía y normas citadas. Se declaró perdido el derecho de la parte demandada por no haber opuesto excepciones legítimas en término. Costas a la demandada vencida. Se constituyó domicilio en los estrados del juzgado y se postergó regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los pasajes más relevantes, lenguaje original del tribunal):
- "Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, según informa la Actuaria en este acto, conforme surge del informe del mandamiento de intimación de pago obrante en autos, diligenciado en el domicilio -Constituido
- (art. 24 de la ley 13.406) de calle FISCAL: CALLE 897
- NRO. 4755
- CP. 1881
- LOC. SAN F. SOLANO, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 165 del CPCC)."
- "Mandando llevar adelante la ejecución contra SERGIO DANIEL GONZALEZ, hasta hacerse íntegro pago al FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, de la suma de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE CON 60/100 ($1.678.367,60), en concepto del capital reclamado, con más el interés aplicable de conformidad con lo establecido en la Resolución 10/24 del Ministerio de Economía y modificatorias, desde el día de la interposición de la demanda (art. 86, 96 y 104 del Código Fiscal
- T.O. 2011), y hasta la fecha de su efectivo pago."
- "Costas a la demandada vencida (arts. 556 y 68, CPCC). Postérgase la regulación de honorarios hasta la oportunidad prevista en el art. 51 de la ley 14.967 y 22 ley 13406 (modif. 15016). Téngase por constituido el domicilio de la parte demandada en los estrados del juzgado. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE en la forma dispuesta en el art. 13 in fine ley 13.406 y 133 del CPCC."
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