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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ AVICENA CONSTRUCCIONES CAMPANA SA S/ APREMIO PROVINCIAL

Ejecución fiscal provincial contra Avicena Construcciones Campana SA por deuda tributaria. El Tribunal hace lugar a la ejecución y ordena el trance y remate hasta el pago de $2.975.864,10 más intereses, con costas; difiere la regulación de honorarios y constituye domicilio en estrados por incumplimiento procesal.

Intereses Costas Honorarios Ejecucion fiscal Apremio provincial Deuda tributaria Trance y remate Constitucion de domicilio Codigo fiscal ley 10.397 Campana (provincia de buenos aires)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco De La Provincia De Buenos Aires. Demandado: Avicena Construcciones Campana Sa. Objeto: Ejecución por deuda tributaria resultante del título ejecutivo agregado; pago del capital reclamado de Pesos Dos Millones Novecientos Setenta Y Cinco Mil Ochocientos Sesenta Y Cuatro Con 10/100 ($2.975.864,10) más intereses. Decisión: Se hizo lugar a la ejecución, ordenando llevar adelante la causa de trance y remate hasta que la ejecutada abone la totalidad del capital reclamado más intereses; costas a cargo de la ejecutada; se difiere regulación de honorarios y se constituye domicilio en estrados por incumplimiento de la ejecutada.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal cual aparecen en la sentencia): "I.
- La parte ejecutada debidamente notificada en Fiscal: Calle 9 De Julio
- Nro. 869
- Piso 1
- Dto. E
- Cp. 2804
- Loc. Campana domicilio fiscal constituido (art. 32 del Código Fiscal de la Pcia. de Bs. As., Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11) no ha opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido. En consecuencia, dásele por perdido el derecho dejado de usar.
- (arts. 7 Ley 13.406 y 155 CPCC)." "II.
- Por ello, conforme con lo pedido; la deuda que resulta del título ejecutivo agregado en forma electrónica y lo dispuesto por los arts. 104, 168 y concs. del Código Fiscal Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11." FALLO (fragmentos relevantes): "1º) Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado Avicena Construcciones Campana Sa haga al acreedor FISCO de la PROVINCIA de BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de Pesos Dos Millones Novecientos Setenta Y Cinco Mil Ochocientos Sesenta Y Cuatro Con 10/100 ($2.975.864,10), con más los intereses desde el momento de la interposición de la demanda y hasta el del efectivo pago; en la forma prescripta por el art. 104 del Código Fiscal, Ley 10.397 (t.o. 2011). Con Costas (arts. 68 y 556 C.P.C.C.)." "2º) Difiérese la regulación de los honorarios profesionales del Letrado interviniente, hasta tanto obre en autos, liquidación firme (arts. 51, Ley 14.967 y 22 Ley 13.406)." "3º) No habiendo la ejecutada dado cumplimiento a lo preceptuado por los arts. 7 Ley 13.406 y 41 del C.P.C.C., tiénesele por constituido el domicilio en los Estrados del Juzgado (art. 13 de la Ley 13.406 y art. 133 C.P.C.C.)."

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