BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ BENGOLEA PATRICIA MONICA S/ COBRO EJECUTIVO
Demanda de ejecución por saldo de tarjeta de crédito por $1.347.783,29 presentada por el Banco Provincia. El Tribunal admitió la ejecución tras allanamiento de la ejecutada y ordenó llevar adelante el remate hasta el pago del capital más intereses compensatorios y punitorios dentro de los límites de la ley 25.065.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: BANCO DE A PROVINCIA DE BUENOS AIRES, representado por Julieta Francisquelo y Dra. Agustina Olivo Aneiros.
Demandado: BENGOLEA PATRICIA MONICA, asistida por el Dr. Amongero Emiliano Jorge.
Objeto: Cobro ejecutivo por saldo adeudado de la tarjeta de crédito MasterCard (Cta. N° 001594514-3) por la suma de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y TRES CON 29/100 ($1.347.783,29), más intereses desde la fecha de mora (05/08/2025) y costas.
Decisión: Se admitió la ejecución, se declaró perdido el derecho a oponer excepciones por la ejecutada, y se mandó llevar adelante la ejecución hasta que la ejecutada haga pago íntegro del capital reclamado más intereses compensatorios y punitorios dentro de los límites de los arts. 16 y 18 de la ley 25.065; costas a la ejecutada; regulación de honorarios diferida.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"Que la pretensión se sustenta en la deuda proveniente del uso de la tarjeta de crédito MasterCard (Cta. N° 001594514-3), cuyos resúmenes fueron debidamente emitidos y no objetados en término conforme la Ley 25.065, resultando el saldo de $1.347.783,29.-"
"De la prueba documental adjunta a la demanda surge el incumplimiento de las obligaciones asumidas por la demandada, quien se encuentra en mora automática según lo pactado y la normativa aplicable (arts. 520, 523 y cctes. del CPCC; arts. 7, 8, 27 y 28 de la Ley 25.065, art. 1384 y cctes del ccycom). En consecuencia, se hallan reunidos los presupuestos legales de la vía ejecutiva, correspondiendo admitir el reclamo por la suma total de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y TRES CON 29/100 ($1.347.783,29)."
"Que mediante escrito electrónico del 04/02/2026, se presenta la ejecutada BENGOLEA PATRICIA MONICA... allanandose a la pretensión del actor, y adelantando que no tiene excepciones legitimas para oponer a la misma."
"Que en cuanto a los intereses corresponde aplicar la tasa compensatoria y punitoria pactada en el instrumento base de la ejecución, la que no puede superar los límites establecidos en los arts. 16 (no podrá superar en más del 25% a la tasa que el emisor aplique a las operaciones de préstamos personales en moneda corriente para clientes) y 18 de la ley 25.065 (no capitalizables los intereses punitorios) ... desde que el vencimiento de la obligación reclamada ... se produjo el 05/08/2025 y hasta su efectivo pago..."
Bloque dispositivo (FALLO) relevante:
"1.
- Dando a la parte ejecutada por perdido el derecho a oponer excepciones;
2.
- Mandando llevar adelante la presente ejecución hasta tanto la parte ejecutada, BENGOLEA PATRICIA MONICA, haga a BANCO DE A PROVINCIA DE BUENOS AIRES íntegro pago del capital nominal reclamado de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y TRES CON 29/100 ($1.347.783,29) más los intereses compensatorios y punitorios pactados, con el límite establecido en los arts. 16 y 18 de la ley 25.065, desde la fecha de la mora, 05/08/2025, hasta el efectivo pago..."
No hubo votos ni disidencias registradas; la decisión surge del pronunciamiento final del Tribunal.
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