F, A L c/ INSTITUTO NAC DE SERV SOC PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS s/AMPARO DE SALUD
La actora promovió acción de amparo para que PAMI cubra internación en hogar geriátrico y prestaciones e insumos vinculados a discapacidad y dependencia. El Juzgado hizo lugar a la medida cautelar y ordenó a PAMI brindar cobertura al 100% de prestaciones médicas, medicación, insumos y la internación en Hogar Santa Mónica bajo el módulo Hogar Permanente con Centro de Día, categoría A más 35% por dependencia, con los límites y condiciones expresados.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Sra. R. H. O. en representación de su madre A. L. F.
Demandado: Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI).
Objeto: Medida cautelar para que PAMI brinde cobertura integral al 100% de la internación en Hogar Permanente con Centro de Día categoría A + 35% por dependencia en la institución "Santa Mónica", y provisión de prestaciones, insumos y medicación (pañales 180/mensuales, kinesiología, terapia ocupacional, control gerontológico, cuidadora acompañante, fisioterapia para drenaje linfático, suplementos Ensure/Espesan/Corega, y medicación crónica: T4, Dilcoran, Rovartal, entre otros).
Decisión: Se hizo lugar a la medida cautelar. PAMI deberá, en 2 días, brindar cobertura al 100% de control por geriatra mensual, control odontológico y fonoaudiología, fisioterapia de drenaje linfático, la medicación e insumos detallados (Rosuvastatina, Levotiroxina, Valsartan, suplementos Ensure/Boost, Corega, polvo espesante, pañales 6 por día/180 por mes, colchón antiescaras, cama ortopédica, silla de ruedas con almohadones antiescaras, andador y silla para baño) y la cobertura de la internación en "Hogar Santa Mónica" conforme al módulo "Hogar Permanente con Centro de Día", categoría A más 35% por dependencia; si el geriátrico integra la cartilla, cobertura 100%; si es agente externo, límite según Nomenclador (Resol. 2775/26). Se fijaron límites en caso de que el monto supere la facturación mensual y reglas para reintegro (15 días) y caución juratoria como contracautela. La actora deberá acreditar cumplimiento del art. 4 de la Res. 1781/22 ante la accionada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones literales de los párrafos más relevantes):
1) "De las constancias acompañadas surge, en lo que aquí interesa, que la amparista es una paciente de 80 años con necesidad de atención las 24 hs. en forma continua debido a deterioro cognitivo severo, incontinencia esfinteriana y dificultad motora, por lo que no camina, no puede desplazarse ni dentro ni fuera del domicilio." (folio con certificados médicos, adunados 01/09/26).
2) "Sobre la base de lo hasta aquí expuesto, haciendo mérito de las circunstancias relatadas y acreditadas prima facie documentadamente, la naturaleza de la cuestión por decidir y atendiendo a las cuestiones que se plantean a mi conocimiento a esta altura, corresponde acoger la medida cautelar pedida, con el alcance que más abajo indicaré."
3) Dispositivo: "En consecuencia, hácese saber al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI) que deberá, en el plazo de dos días, brindar a la Sra. A. L. F., la cobertura 100% ... Asimismo, deberá brindar la cobertura de la internación en la residencia geriátrica 'Hogar Santa Mónica' ... ello hasta que se dicte sentencia, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento de aplicar astreintes." (texto íntegro del dispositivo transcripto en la sección 0).
- Fundamento jurídico y doctrinal destacado (citas textuales):
"El derecho a la vida y su corolario, el derecho a la preservación de la salud, tiene a su vez directa relación con el principio fundante de la dignidad inherente a la persona humana..." (sección III).
"El principio interpretativo rector en esta materia es la integralidad en el cumplimiento de la prestación asistencial, que indica que la prestación debe ser ejecutada del modo más eficaz e idóneo para satisfacer las condiciones mínimas acordes con las necesidades del discapacitado..." (sección VI).
- Disidencias: ninguna consignada.
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