CASAL ZULEMA ESTER C/ REGAZIN NANCY EDITH S/ DESPIDO
La actora promovió demanda por despido indirecto y reclamo de rubros salariales e indemnizatorios como remuneraciones adeudadas, preaviso, integración del mes de despido, SAC, vacaciones y multa de la ley 25.323. El Tribunal hizo lugar a la demanda y condenó a la demandada a abonar $10.506.361, imponiendo además intereses por IPC + 3% anual desde la mora, y costas a la parte vencida.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Zulema Ester Casal, asistida por el Dr. Alberto L. Alza.
Demandado: Nancy Edith Regazin.
Objeto: Despido indirecto por negativa de tareas; salarios adeudados (marzo, abril, mayo 2017 y proporcionales), SAC, integración del mes de despido, indemnización por antigüedad, preaviso, vacaciones proporcionales, multa art. 2 ley 25.323 y otros rubros.
Decisión: Se hizo lugar a la demanda y se condenó a la demandada a pagar la suma de PESOS DIEZ MILLONES QUINIENTOS SEIS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y UN MIL UNO ($ 10.506.361.-) por todos los rubros reclamados; se impuso interés por IPC + 3% anual desde la mora y costas a la demandada. Los tres magistrados votaron afirmativamente, resolviendo por unanimidad.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes, lenguaje original del Tribunal):
"HACER LUGAR a la demanda entablada por la Sra. ZULEMA ESTER CAZAL, condenando a la SRA RAGAZIN, NANCY EDITH a abonar a la primera, la suma de PESOS DIEZ MILLONES QUINIENTOS SEIS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y UN MIL UNO ( $ 10.506.361.-) por todos los rubros reclamados, los salariales desde el 4to. día de devengamiento y los indemnizatorios desde el 16.06.2017, fecha de la mora."
"Lo formulado es, considerando que los reclamos de las sumas salariales deben prosperar, ello con arreglo de lo dispuesto en el art. 67 de la ley 15.057, ( ex art 53 ter 11.653) según la cédula glosada a fs. 17/18 debidamente notificada, habiendo incumplido esta con su obligación; tornándose operativo la norma, incrementándose el crédito en un 30 %."
"Al capital de condena determinado en la presente, corresponderá adicionar, desde la mora en el cumplimiento de esta sentencia y hasta la fecha de su efectivo pago, un interés equivalente a la actualización por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el INDEC, con más una tasa de interés pura del 3% anual, conforme lo dispuesto por el art. 276 de la Ley de Contrato de Trabajo (según reforma Ley 27.802), desde que cada suma sea debida y hasta el momento del efectivo pago."
Fundamentos probatorios y de derecho (extractos relevantes que sustentan la decisión):
"Que en fecha 17.10.2018, ( fs. 17/18) la demandada es notificada de la demanda; no haciendo valer su derecho, dictándose su rebeldía, decretada el 27.11.2018
- fs. 19
- la que es notificada en fecha 05.12.2018 ( fs. 20/21)."
"Considerando el principio tuitivo, ... no existiendo en autos, elemento alguno que contradiga este enunciado, sumado a ello su juramento de ley del art 48 de la ley 15.057 ( ex 39 11.653) propicio que dicha base salarial prospere ( $ 7.126.-)"
"Surge del intercambio telegráfico, que en fecha 16.06.2017 la actora curso el telegrama en donde se consideraba despedida, intimando al pago de indemnizaciones de ley; ... Propongo su aplicación y consecuente cuantificación."
Cálculo y cuantía definitiva (extracto):
"Propongo establecer la cuantía indemnizatoria en el importe de $ 10.506.361"
Costas y honorarios:
"Imponer las costas a la demandada vencida (art. 24 de la ley 15.057). Parte Actora: Dr. Alberto L Alza en el 20% ... Perito Contador . Fabio Fernández, en el 4%"
- Votos y regla de mayoría:
El fallo contiene el bloque dispositivo final que comienza "Por ello, y en función del acuerdo este tribunal, RESUELVE:" y ese dispositivo fue aprobado por mayoría unánime de los tres jueces (GIMENEZ, VALCARCE, MINUTO), todos votaron afirmativamente en las cuestiones principales.
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