Logo

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ LEGRINI MELINA ESTEFANIA S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió ejecución por apremio reclamando $2.221.419,70 más intereses por deuda fiscal. El Tribunal hizo lugar a la ejecución, ordenó el trance y remate hasta el pago íntegro del capital e intereses conforme art. 104 del Código Fiscal e impuso las costas al vencido.

Ejecucion fiscal Apremio provincial Costas al vencido Trance y remate Art. 104 codigo fiscal Fisco de la provincia de buenos aires 70 Perdida de derecho (art. 7 ley 13.406) Honorarios (art. 51 ley 14967) Por lo que se consigno como desconocido. Monto $2.221.419 Notificacion/constitucion de domicilio observacion: el nombre del juez no figura en la parte transcripta (solo firma digital m)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: LEGRINI MELINA ESTEFANIA. Objeto: Ejecución por apremio provincial para cobranza de capital reclamado de Pesos 2.221.419,70 más intereses según art. 104 del Código Fiscal (t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda hasta su pago efectivo; además referencias a pago de Bono ley 8480. Decisión: Se hizo lugar a la causa de trance y remate y se mandó llevar adelante la ejecución hasta que la demandada pague íntegramente el capital reclamado y los intereses; se impusieron las costas al vencido; se diferió la regulación de honorarios al momento procesal previsto por art. 51 Ley 14967; se tuvo por constituido el domicilio en los estrados del juzgado y se ordenaron notificaciones.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción textual de los párrafos más relevantes): "No habiendo la parte ejecutada, debidamente intimada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según informa el Actuario en este acto, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (art. 7 Ley 13.406).
- Por ello, de conformidad con lo solicitado, y lo dispuesto por los art. 7, 10, 25 y ccs de la Ley 13.406 :" "I.
- Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte ejecutada haga al accionante FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES íntegro pago del capital reclamado de Pesos DOS MILLONES DOSCIENTOS VEINTIUN MIL CUATROCIENTOS DIECINUEVE CON 70/100 ($2.221.419,70) con mas los intereses conforme lo prescripto por el art. 104 del Código Fiscal (t.o. según Res. 39/11) desde la fecha de interposición de la demanda en Receptoría General de Expedientes y hasta su efectivo pago. Imponiendo las costas al vencido (cfme art. 25 ley 13406).-" "II.
- Difiérase la regulación de honorarios para la oportunidad prevista en el Art. 51 de la Ley 14967. (Art. 15 y 22 Ley 13.406). Téngase al demandado por constituido el domicilio en los Estrados del Juzgado REGISTRESE
- NOTIFIQUESE.
- en los términos del art. 13 LAP.
- Notifíquese la presente providencia en los términos de los Acs. 4013 y 4039/21 SCBA."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar