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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ GOMEZ DARDO MAXIMILIANO S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió ejecución fiscal (trance y remate) contra Gómez Dardo Maximiliano por deuda tributaria. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución y condenó al pago de $1.438.712,70 más intereses según art. 104 del Código Fiscal, imponiendo las costas al vencido.

Ejecucion fiscal Deuda tributaria Costas al vencido Trance y remate Ley 13.406 Art. 104 codigo fiscal 70 Art. 155 c.p.c.c. Notificacion ministerio de ley Regulacion de honorarios diferida. Monto $1.438.712

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: GOMEZ DARDO MAXIMILIANO. Objeto: Ejecución fiscal en trámite de trance y remate por pago del capital reclamado de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS DOCE CON 70/100 ($1.438.712,70) más intereses conforme art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Decisión: Se hizo lugar a la ejecución ordenando llevar adelante la causa de trance y remate hasta el pago íntegro por parte del demandado del monto mencionado más intereses, se impusieron las costas al vencido y se difirió la regulación de honorarios. Se notificó al actor y al demandado por ministerio de ley.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes del fallo, lenguaje original): "Agregado en este acto el escrito electrónico que se acompaña junto a la manda y su diligencia, corresponde expedirme conforme lo peticionado por el actor.- Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, conforme surge del mandamiento de intimación de pago y su diligencia, notificado en el domicilio fiscal del demandado (art. 14 Acordada 2514/92), se le da por perdido el derecho que para hacerlo tenía (art. 155 C.P.C.C.).- Hallándose la demandada debidamente intimada a constituir domicilio, conforme emerge del mandamiento aludido, téngaselo por constituido en los Estrados del Juzgado (art. 7 de la Ley Nº 13.406 y art. 41 del C.P.C.C.).- Por ello, de conformidad con lo pedido, y lo dispuesto en la Ley Nº 13.406 RESUELVO: I.
- Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada, GOMEZ DARDO MAXIMILIANO haga al accionante FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS DOCE CON 70/100 ($1.438.712,70), con más los intereses conforme lo prescripto por el art. 104 del Código Fiscal (T.O. Res. M.E. 39/11) desde la interposición de la demanda, y hasta su efectivo pago. Imponiendo las costas al vencido (art. 68 del C.P.C.C. supletorio art. 25 de la Ley 13406).- II.
- Difiérese la regulación de honorarios para la oportunidad prevista en el art. 51 de la Ley Nº 14.967.- III.
- REGISTRESE, NOTIFIQUESE a la parte actora se notifica conforme lo dispuesto en el art. 10 del Anexo Único de la Ac. 4039 SCBA y a la parte demandada ministerio ley (conf. art. 135 inc. 12 del C.P.C.C., supletorio conf. art. 25 de la Ley 13.406, y art. 13 in fine de la Ley 13.406, respectivamente).-"

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