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MUNICIPALIDAD DE LANUS C/ TENTI JUAN S/ APREMIO

La Municipalidad de Lanús promovió acción de apremio para ejecutar deuda administrativa por $55.491 más intereses. El Tribunal ordenó continuar con la ejecución hasta el efectivo pago, imponiendo las costas a la parte demandada y difiriendo la regulación de honorarios.

Costas Ejecucion Domicilio constituido Apremio Trance y remate Deuda administrativa Municipalidad de lanus Bono ley 8480 Intereses tasa activa banco provincia Mora 31/07/2018.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: MUNICIPALIDAD DE LANUS. Demandado: TENTI JUAN. Objeto: Ejecución hasta el pago íntegro del capital reclamado de pesos $55.491.
- más intereses según la tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires desde la mora operada el 31 de julio de 2018, por el certificado de deuda adjunto N°. 114001257210. Decisión: Se declaró perdido el derecho del ejecutado a oponer excepciones, y se hizo lugar a la ejecución ordenando llevar adelante la causa de trance y remate hasta el pago íntegro; se impusieron las costas a la demandada vencida y se difirió la regulación de honorarios. Se constituyó domicilio en estrados y se dejó constancia de la intimación en Veracruz 1086, Lanús Oeste. Asimismo se requirió a la peticionante cumplimiento respecto del Bono Ley 8480.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes del fallo, lenguaje original): "AUTOS Y VISTOS: Estos autos caratulados MUNICIPALIDAD DE LANUS C/ TENTI JUAN S/ APREMIO Expte N° 70798, no habiendo el ejecutado opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (art.116 y 155 del CPCC).-" "POR ELLO: Conforme lo pedido y lo dispuesto por los arts.540, 549 y ccdtes. del CPCC, FALLO, esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado TENTI JUAN haga al acreedor MUNICIPALIDAD DE LANUS íntegro pago del capital reclamado de pesos $55.491.
- con más los intereses a la tasa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires (tasa activa
- conforme Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Lomas de Zamora, Sala I -9-10-12, reg. sent. int. 259, autos "Meitin German N. c/ Masi Florencia C. s/ Ejecutivo" en trámite por ante éste Juzgado y Secretaría) vigente en los distintos períodos de aplicación desde la mora operada el día 31 de julio de 2018 fecha del vencimiento de la Sentencia administrativas, correspondiente a el certificado de deuda adjunto N°. 114001257210 y hasta su efectivo pago.-" "Imponiéndosele las costas a la demandada vencida (arts.68 y 556 del CPCC). Difiriéndose la regulación de honorarios hasta que quede firme la liquidación respectiva (arts.23 y 51 ley 8904).-" "Tiénese por constituído el domicilio de la parte demandada en los estrados del juzgado (art 41 del cpcc)" "En cumplimiento de lo dispuesto por la Acordada n°2514/92 de la SCJBA, se deja constancia que la intimación de pago se realizó en el inmueble sito en la calle VERACRUZ Nº 1086 LOCALIDAD: LANUS OESTE, partido de Lanús." "Por último, hágase saber a la peticionante que deberá dar estricto cumplimiento con lo ordenado en autos a fs. 4 vta. último párrafo, en relación al Bono Ley 8480."

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