MUNICIPALIDAD DE CAMPANA C/ REZZANO NESTOR ALBERTO S/ APREMIO
La Municipalidad de Campana promovió trámite de apremio y presentó acuerdo de transacción para homologación. El Tribunal homologó la transacción conforme al art. 308 del CPCC, registró y notificó la resolución, y dejó constancia del pago de la tasa de justicia y del cumplimiento del art. 21 de la Ley 6716 respecto de honorarios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Municipalidad de Campana.
Demandado: Rezzano Néstor Alberto.
Objeto: Procedimiento de apremio y convenio de transacción presentado para homologación en ejecución municipal.
Decisión: Se homologó la transacción celebrada entre las partes, se ordenó su registración y notificación, y se tuvo por acreditado el pago de la tasa de justicia y la contribución legal; asimismo se constató el cumplimiento del art. 21 de la Ley 6716 con relación a honorarios convenidos.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal cual en la sentencia):
"De conformidad con lo pedido y lo preceptuado por el art. 308 del CPCC, homológase la transacción entre las partes que instruye la presentación que se provee."
"REGISTRESE. NOTIFIQUESE."
"Téngase por acreditado el pago de la Tasa de Justicia, y su contribución de Ley, atento el monto denunciado de la deuda consolidada."
"Por cumplido con el art. 21 de la Ley 6716 T.O. respecto de los honorarios convenidos."
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