BASUALDO HECTOR GASTON C/ BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES S.A. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS POR AFECTACION A LA DIGNIDAD
Demanda por daños y perjuicios por afectación a la dignidad contra Banco de Galicia y Buenos Aires S.A. El juez interviniente se excusa por hallarse comprendido en la causal del art. 17 inc. 9° del C.P.C.C. por familiaridad y razones de decoro y ordena la radicación en el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N°1 de Olavarría.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Basualdo Héctor Gastón.
Demandado: Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.
Objeto: Daños y perjuicios por afectación a la dignidad.
Decisión: Se admite la excusa del juez interviniente; el juez se aparta de seguir entendiendo en las actuaciones y dispone la radicación del expediente ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N°1 de Olavarría, previa toma de razón por la Receptoría General de Expedientes Descentralizada de Olavarría.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"Encontrándome comprendida en la causal prevista por el artículo 17, inc. 9° del C.P.C.C. respecto del tercero cuya citación se solicita, Esteban Alberto RINGUELET, que se manifiestan por gran familiaridad y frecuencia de trato, razones de decoro y violencia moral, motivan abstenerme de actuar en la presente causa."
"Por ello, me EXCUSO de seguir entendiendo en estas actuaciones (art. 30 del Cód. citado) debiendo radicarse la misma ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 1 de Olavarría, previa toma de razón por parte de la Receptoría General de Expedientes Descentralizada de Olavarría."
"REGISTRESE."
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