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DONATO ANA MARIA S/ SUCESION AB-INTESTATO

Petición de declaratoria de herederos por fallecimiento de Ana María Donato y determinación de herederos abintestato. El Tribunal declara por derecho y sin perjuicio de terceros que le suceden como universales herederos sus hijos Osvaldo Daniel Bastida y Ana María Bastida, fundando la decisión en las constancias de defunción, vínculo matrimonial y las partidas de nacimiento y en la publicación de edictos con resultado negativo.

Divorcio Declaratoria de herederos Partidas de nacimiento Herederos universales 2424 2426 Registro de sucesiones Sucesion abintestato 737) Codigo civil y comercial (arts. 2337 Cpc (arts. 735 2433) Publicacion de edictos (art. 734 cp) Partida de defuncion (16/05/2019)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Los interesados en la sucesión, identificados como OSVALDO DANIEL BASTIDA y ANA MARÍA BASTIDA (actuando como peticionarios de la declaratoria). Demandado: La sucesión de ANA MARIA DONATO (fallecida). Objeto: Declaratoria de herederos abintestato por el fallecimiento de Ana María Donato. Decisión: Se declara procedente la petición y se declara que por fallecimiento de ANA MARIA DONATO le suceden en carácter de universales herederos sus hijos OSVALDO DANIEL BASTIDA y ANA MARÍA BASTIDA.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal como aparecen en el expediente): "lº) Que con el ACTA 285 INSCRIPTA AL TOMO 1 D DE LA DELEGACION ITUZAINGO DEL AÑO 2019 adjunta en pdf al escrito de inicio , se acredita el fallecimiento de ANA MARIA DONATO ocurrido el día 16 DE MAYO DE 2019.- 2º) Que esta era de estado civil divorciada de Martín Osvaldo Bastida, con quien contrajo matrimonio el 15 de noviembre de 1956 y de quien se divorciara mediante sentencia del 10/07/1997 dictada por el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 82 de Capital Federal. (CONF. PARTIDA DE MATRIMONIO Y SU NOTA MARGINAL ADJUNTA EN PDF CON LA DEMANDA) 3º) Que de dicha unión nacieron OSVALDO DANIEL BASTIDA y ANA MARÍA BASTIDA (CONF. PARTIDAS DE NACIMIENTO ADJUNTAS EN PDF CON LA DEMANDA) 4º) Que con la constancia adjunta el 27/8/26 se establece haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. lºdel Código Procesal y sobre cuyo resultado negativo informa el Sr. Secretario en este acto.-" "POR ELLO: De conformidad con lo pedido, y lo dispuesto por los arts. 2337, 2424, 2426, 2433 y cctes. del Código Civil y Comercial , 735 y 737 del C.P.C.C. se declara en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de ANA MARIA DONATO, le suceden en carácter de universales herederos sus hijos OSVALDO DANIEL BASTIDA y ANA MARÍA BASTIDA. REGISTRESE."

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