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DESILVESTRE ALBERTO HUGO S/ SUCESION AB-INTESTATO

Los solicitantes promovieron declaración de herederos por fallecimiento de Alberto Hugo Desilvestre, solicitando la sucesión intestada. El Tribunal declaró que le suceden como herederos universales sus hijas Luciana Evangelina y María Gabriela Desilvestre y Gómez y su cónyuge supérstite Rosa Isabel Gómez, disponiendo además el cese de la intervención del Ministerio Fiscal.

Conyuge superstite Declaracion de herederos Sucesion intestada Publicacion de edictos Herederos universales 2426 2433 ccyc 737 cpcc Registro de testamentos Art. 2424 Cese intervencion ministerio fiscal Art. 735 Hijas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Luciana Evangelina Desilvestre; María Gabriela Desilvestre y Gómez; Rosa Isabel Gómez (según constancias del expediente y la declaración de herederos). Demandado: Alberto Hugo Desilvestre (causante, fallecido). Objeto: Declaración de herederos por fallecimiento de Alberto Hugo Desilvestre. Decisión: Se declaró que por el fallecimiento de Alberto Hugo Desilvestre le suceden en carácter de universales herederos sus hijas Luciana Evangelina y María Gabriela Desilvestre y Gómez y su cónyuge supérstite Rosa Isabel Gómez; se declaró también a ésta última heredera en cuanto a los bienes propios y se dispuso el cese de la intervención del Ministerio Fiscal. Se ordenó registrar y notificar.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo): a) "Que con el certificado adjunto a la demanda, se acredita el fallecimiento de Alberto Hugo Desilvestre, ocurrido el día 29 de Junio de 2025." b) "Que el causante contrajo matrimonio con Rosa Isabel Gómez, en fecha 18 de Mayo de 1979 (conf. documentación adjunta a la presentación electrónica de fecha 23/4/2026)." c) "Que de esa unión nacieron Luciana Evangelina Desilvestre, el día 1/12/1980 y María Gabriela Desilvestre, el día 16/11/1991 (conf. documentación adjunta a la presentación electrónica de fecha 3/3/2026)." d) "Que con la constancia de fecha 27/5/2026 consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. 2 del CPCC, cuyo resultado negativo informa en este acto la Actuaria." e) Bloque dispositivo final: "RESUELVO: 1.
- Declarar en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de Alberto Hugo Desilvestre le suceden en carácter de universales herederos sus hijas Luciana Evangelina y María Gabriela Desilvestre y Gómez y su cónyuge supérstite Rosa Isabel Gómez, a quien también se le declara heredar en cuanto a los bienes propios, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales. 2.
- Cése la intervención del Ministerio Fiscal (Art. 728, inc. 1 del CPCC). 3.
- Regístrese. Notifíquese a la parte y a la Agente Fiscal Departamental a sus domicilio electrónico en forma automatizada (Ac. 4039/2021 SCBA).-"

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