Logo

CUERVO, HECTOR c/ AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD

El actor promovió acción meramente declarativa de inconstitucionalidad contra la Agencia de Recaudación y Control Aduanero por la aplicación del impuesto a las ganancias sobre prestaciones previsionales. El Juzgado admitió el allanamiento de la demandada, declaró la inconstitucionalidad de las normas impugnadas, ordenó la abstención de futuras retenciones y la restitución de las sumas retenidas con interés desde su descuento.

Costas Restitucion Impuesto a las ganancias Allanamiento Prestaciones previsionales Accion declarativa de inconstitucionalidad Precedente garcia Juez federal Honorarios 10 uma Interes tasa pasiva bcra

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Héctor Cuervo (parte actora). Demandado: Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), antes AFIP. Objeto: Declaración de inconstitucionalidad y/o inaplicabilidad de diversos artículos de la Ley del Impuesto a las Ganancias por su aplicación sobre prestaciones previsionales; se solicita que la demandada se abstenga de efectuar descuentos sobre el haber jubilatorio y la restitución de las sumas retenidas con intereses y costas. Decisión: Se admitió el allanamiento formulado por la demandada, se hizo lugar a la demanda, se declaró la inconstitucionalidad de las normas cuestionadas y se ordenó a la demandada a abstenerse de descontar impuesto a las ganancias sobre la prestación previsional hasta tanto el Congreso legisle sobre el tema (con arreglo al precedente "García" de la CSJN). Además, se ordenó la restitución de los montos retenidos por los cinco (5) años previos a la interposición de la demanda o del reclamo administrativo, y que la demandada presente dentro de los diez (10) días de firmeza de la sentencia la liquidación correspondiente para iniciar el trámite presupuestario del reintegro. A las sumas a restituir se les aplicará el interés de la tasa pasiva promedio que publica mensualmente el BCRA desde la fecha de cada retención. Se impusieron las costas en el orden causado y se regularon honorarios de 10 UMA a favor de la representación de la parte actora.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de pasajes relevantes): "Que dado que el citado dispositivo establece que en tal caso el Juez dictará sentencia conforme a derecho, corresponde resolver el mismo teniendo en cuenta la naturaleza de éste proceso y reclamo formulado por la parte actora en la demanda." "A tal fin, entiendo necesario dejar aclarado que el criterio del Suscripto en estos reclamos es que solo corresponde la declaración de inconstitucionalidad de las normas cuestionadas, en aquellos casos donde el reclamante acredite avanzada edad, gastos extraordinarios, enfermedades y tratamientos vinculados a ésta, etc; en suma, situaciones concretas que lo ubiquen dentro del espectro de verdadera y real vulnerabilidad... Sin embargo, dado que las dos Salas de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de esta Ciudad han declarado la inconstitucionalidad de las normas atacadas, con prescindencia de otras consideraciones puntuales de los reclamantes... resolví en causas posteriores, hacer lugar al reclamo entablado por quien pertenezca al colectivo de 'pasivos' aunque no acrediten las demás situaciones apuntadas." "Efectuadas dichas precisiones, y atento al reclamo formulado por la parte actora en el escrito de demanda, corresponde admitir el allanamiento planteado por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) a la pretensión formulada por la parte actora y en consecuencia hacer lugar a la demanda entablada por el/la actora en su contra. Declarar la inconstitucionalidad de la/s normas cuestionada/s en la demanda, y ordenar a ésta se abstenga de descontar al/a la actor/a suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias de la prestación previsional, hasta tanto el Congreso legisle sobre el punto, conforme fuera decidido en el precedente 'García' de la CSJN." "Asimismo, deberá restituir los montos que se hubieran retenido por aplicación del impuesto a las ganancias, desde lo cinco (5) años previos a la fecha de interposición de la demanda o del reclamo administrativo, si éste se hubiese presentado." "Como consecuencia de ello, ordenar que a las sumas cuyo reintegro se ordena deberá aplicarse el interés de la tasa pasiva promedio que mensualmente publica el Banco Central de la República Argentina, desde que cada suma fue retenida."
- Votos en disidencia: No consta disidencia; la sentencia es dictada por el Juez federal de primera instancia tras admitir el allanamiento de la demandada.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar