Logo

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ CONSTRUCTORA ULISES SRL S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió la homologación judicial de un acuerdo de pago en expediente de apremio provincial. El Tribunal tuvo por reconocida la firma, homologó el acuerdo conforme el art. 23 de la Ley 13.406 y admitió los honorarios pactados por $551.402,21 a favor del letrado del Fisco.

Honorarios Reconocimiento de firma Apremio provincial Acuerdo de pago Homologacion judicial Notificacion. Fisco provincial Ley 13.406 art. 23 Constructora ulises srl Actuaciones de primera instancia

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: Constructora Ulises SRL. Objeto: Judicial homologación de un acuerdo de pago presentado en el marco de apremio provincial (acuerdo art. 23 Ley 13.406). Decisión: Se reconoció la firma inserta en el acuerdo, se homologó el acuerdo de pago con los alcances del art. 23 de la Ley 13.406 y se tuvo presentes los honorarios pactados a favor del letrado representante del Fisco por $551.402,21. Se ordenó registrar y notificar a las partes conforme el art. 10 del Anexo Único de la Ac. 4039 S.C.B.A.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción literal de los párrafos relevantes): "Agréguese la presentación en despacho, mediante la cual el representante del Fisco de la Provincia de Buenos Aires solicita la judicial homologación del acuerdo oportunamente presentado:" "RESUELVO: I.
- Tener por reconocida la firma inserta en acuerdo de pago oportunamente allegado.- II.
- Homologar el mencionado acuerdo de pago, con los alcances previstos en el art. 23 de la Ley 13.406.- III.
- Tener presentes los honorarios pactados a favor del letrado representante del Fisco Provincial, SALA AGUSTIN, en la suma de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS DOS CON 21/100 ($551.402,21) . Ello conforme lo prescripto en los artículos 22 de la Ley 13.406, modif. por Ley 15.016 -art.2
- y 2, 15, 16, 21, 22, 25 y 34 de la Ley 14.967, con más el aporte de Ley 6.716.- REGISTRESE, NOTIFÍQUESE A LAS PARTES, conforme lo dispuesto en el art. 10 del Anexo Único de la Ac. 4039 S.C.B.A.-"

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar