FERNANDEZ CARLOS ALBERTO S/ SUCESION AB-INTESTATO
Se promovió declaratoria de herederos en la sucesión ab-intestato de Carlos Alberto Fernandez para determinar quiénes suceden por fallecimiento. El Tribunal declaró por derecho que le suceden en carácter de herederas sus hijas Romina Soledad Fernández y Patricia Gisele Fernández, y resolvió el cese de la intervención del Agente Fiscal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Peticionario Luis Raúl Togni, en representación de interesados en la sucesión.
Demandado: Sucesión de Carlos Alberto Fernandez (causante).
Objeto: Declaratoria de herederos en la sucesión ab-intestato de Carlos Alberto Fernandez.
Decisión: Se dictó la declaratoria de herederos y se dispuso el cese de la intervención del Agente Fiscal. Se registró la publicación de edictos y se tuvieron por obrantes las constancias de registros oficiales consultados.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"VISTAS: Estas actuaciones caratuladas: 'FERNANDEZ CARLOS ALBERTO S/ SUCESION AB-INTESTATO' (Expte. N° 28738) traídas a despacho para dictar declaratoria de herederos, de los cuales
RESULTA:
I. Que se tiene presente lo dictaminado por el Sr. Agente Fiscal en el escrito de referencia y se procede a dictar la correspondiente declaratoria de herederos (Art. 34 inc. 5 ap. b del C.P.C.C.; art. 29 inc. 4° de la Ley 14.442).
II. Que con el certificado acompañado digitalmente con el escrito de inicio se acredita el fallecimiento de Carlos Alberto Fernandez ocurrido el día 24 de febrero de 2026, en esta ciudad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires.
III. Que de la relación extra-matrimonial con la Sra. Rosa Carlota Jajaravilla nacen las dos hijas del causante : Romina Soledad Fernandez, ocurrido el día 2 de abril de 1984 y Patricia Gisele Fernandez , ocurrido el día 28 de octubre de 1986, ambas en esta ciudad de Mar del Plata.
Y CONSIDERANDO:
I. Que con el ejemplar agregado con fecha 4/9/2026 se acredita haber efectuado la publicación de edictos ordenada en autos según lo previsto por el art. 734 inciso 2do. del C.P.C.C..
II. Que el plazo resultante de tal publicación se encuentra vencido, según lo certificara el Actuario.
III. Que en autos obran oficios debidamente informados por el Registro de Juicios Universales, al Registro de Testamentos y la constancia negativa de beneficio extraída de la página web del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.
IV. Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y lo dispuesto en los Arts. 2424 y 2426 del Código Civil y Comercial de la Nación y Arts. 735, 737 y concordantes del C.P.C.C. DECLARO: 1ro.) Que en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio del derecho de terceros, por fallecimiento de Carlos Alberto Fernandez le suceden en carácter de herederos sus hijas : ROMINA SOLEDAD FERNANDEZ y PATRICIA GISELE FERNANDEZ. 2do.) Cese la intervención del señor Agente Fiscal. REGÍSTRESE."
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