ORELLANA DANIEL S/ SUCESION AB-INTESTATO
Se solicitó la declaratoria de herederos por sucesión intestada de Daniel Orellana. El Tribunal declaró heredera a la cónyuge Alicia Nelly Gonzalez y ordenó el cese de la intervención del Agente Fiscal, fundando en la documentación probatoria y en lo dictaminado por el Ministerio Fiscal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Alicia Nelly Gonzalez (peticionaria de la declaratoria de herederos).
Demandado: Sucesión de Daniel Orellana (causante, fallecido).
Objeto: Declaratoria de herederos por sucesión ab-intestato del causante Daniel Orellana.
Decisión: Se declaró por lugar al pedido, reconociéndose como heredera a la cónyuge Alicia Nelly Gonzalez y se ordenó el cese de la intervención del Agente Fiscal.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
- "I. Que se tiene presente lo dictaminado por el Sr. Agente fiscal en el escrito de referencia y se procede a dictar la correspondiente declaratoria de herederos (Art. 34 inc. 5 ap. b del C.P.C.C.; art. 29 inc. 4° de la Ley 14.442)."
- "II. Que con el certificado acompañado digitalmente con el escrito inicial se acredita el fallecimiento de Daniel Orellana ocurrido el día 16 de Octubre de 2025 en esta ciudad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires."
- "III. Que con el certificado que luce en autos se acredita el matrimonio del causante con Alicia Nelly Gonzalez celebrado el día 22 de marzo del año 2001 en Termas de Río Hondo, Provincia de Santiago del Estero."
- "I. Que con los ejemplares y recibos agregados con fecha 13/7/2026 se acredita haber efectuado la publicación de edictos ordenada en autos según lo previsto por el art. 734 inciso 2do. del C.P.C.C.."
- "II. Que el plazo resultante de tal publicación se encuentra vencido, según lo certificara el Actuario."
- "III. Que en autos obran oficios debidamente informados por el Registro de Juicios Universales, al Registro de Testamentos y la constancia negativa de beneficio extraída de la página web del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires. -v. presentaciones electrónicas de fechas 19/6/2026 y 16/7/2026-"
- "Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y lo dispuesto en los arts. 2424 y 2435 del Código Civil y Comercial de la Nación y arts. 735, 737 y concordantes del C.P.C.C. DECLARO: 1ro.) Que en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio del derecho de terceros, por el fallecimiento de Daniel Orellana le sucede en carácter de heredero su cónyuge ALICIA NELLY GONZALEZ. 2do.) Cese la intervención del señor Agente Fiscal. REGÍSTRESE."
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