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PEREZ, AGUSTINA BELEN C/HOSPITAL MATERNO INFANTIL SAN ROQUE Y SUPERIOR GOBIERNO DE ENTRE RIOS S/ACCION DE AMPARO

La actora interpuso un recurso de apelación contra la sentencia que desestimó su acción de amparo por despido discriminatorio. El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos confirmó la decisión de primera instancia, argumentando que no existía ilegitimidad manifiesta en el accionar del hospital.

Recurso de apelacion Inadmisibilidad Embarazo de riesgo Accion de amparo Competencia administrativa Derechos laborales Despido discriminatorio Proteccion de la maternidad Ley 26485 Ley 23592

Actor: Agustina Belén Pérez Demandado: Hospital Materno Infantil "San Roque" y Superior Gobierno de Entre Ríos Objeto: Reintegro al puesto de trabajo y pago de haberes por despido discriminatorio durante el embarazo. Decisión: Se rechazó el recurso de apelación y se confirmó la sentencia de primera instancia que desestimó la acción de amparo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La acción de amparo no resulta idónea para cuestionar la validez de un acto administrativo dictado por autoridad competente en ejercicio de sus facultades, ya que la actividad administrativa es de competencia del fuero contencioso administrativo." "La conducta del Hospital Materno Infantil 'San Roque' no configuró una conducta manifiestamente ilegítima en los términos de los arts. 1 y 2 de la Ley N.º 8.369." "La acción elegida resulta inviable, pues para resolver adecuadamente las posiciones sustentadas por las partes será necesario acudir a un proceso distinto que brinde un mayor espectro de debate y prueba."

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