ROSAS ARILIA JUANA Y OTROS S/ SUCESION AB-INTESTATO
Las herederas solicitaron aclaratoria e integración de la Declaratoria de Herederos respecto de errores en la transcripción de apellidos y orden de nombres. El Tribunal hizo lugar a la aclaratoria, ordenó la incorporación de las correcciones en la resolución de fecha 24/02/2016 y dispuso entrega en préstamo de las actuaciones por cinco días.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: ROSAS ARILIA JUANA y otros (herederas), por escrito de aclaratoria.
Demandado: Sucesión ab-intestato (autos de la sucesión).
Objeto: Aclaratoria e integración de la Declaratoria de Herederos dictada el 24/02/2016, corrigiendo errores tipográficos/orden en la transcription de apellidos/nombres; presentación de instrumentos en copia certificada; entrega en préstamo de las actuaciones por cinco días; notificación electrónica.
Decisión: Se hizo lugar a la aclaratoria e intégrase en la Declaratoria de Herederos la corrección de los términos indicados; se tuvo por acompañados los instrumentos en copias certificadas; se agregaron actuaciones y se ordenó entrega en préstamo a las peticionantes por cinco días; se dispuso notificación electrónica al domicilio informado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes del proveído):
"Siendo exacto lo expuesto y lo dispuesto por los arts. 36 inc. 3º y 166 inc. 3º del C.P.C.C., aclárese e intégrese en la Declaratoria de Herederos dictada en la resolución DECLARATORIA DE HEREDEROS / SE RESUELVE (234300438011641417) de fecha 24 de Febrero de 2016, en el sentido que donde dice: "...RUSSEIL...", debe decir y leerse: "...AUSSEIL..." y donde dice: "... José Luis, Nélida Beatriz y Lidia CALAUDI y GALARZA...", debe decir y leerse: "... José Luis, Nélida Beatriz y Lidia GALARZA y CALAUDI..."."
"Téngase por acompañados los instrumentos en copias certificadas suscriptas digitalmente por la profesional interviniente en autos (arg. arts. 47 y 120 del C.P.C.C.), en los términos de lo normado por el art. 6° del Anexo I del Ac.4013 (t.o. Ac. 4039/2021 de la S.C.B.A.)."
"Atento lo solicitado y lo dispuesto por el art. 127 C.P.C.C., y bajo apercibimiento de lo previsto por el art. 128 del mismo ordenamiento, entréguense las actuaciones en préstamo a las peticionantes por el término de CINCO días, dejándose debida constancia los libros de Secretaría."
"Notifíquese en forma directa por Secretaría al domicilio electrónico: 27223642026@notificaciones.scba.gov.ar en virtud del Reglamento para las notificaciones por medios electrónicos (Ac. SCBA 4013, t.o. AC.4039/2021), sin que sea necesaria respuesta de la parte a quien se dirige la notificación."
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