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MORENO CIRILO BIRGILIO S/ SUCESION AB-INTESTATO

La sucesión intestada de Cirilo Birgilio Moreno: se declara heredera universal a su cónyuge Alcira Angélica Izzo por fallecimiento del causante. El Tribunal declaró la sucesión a favor del cónyuge conforme a los arts. 2337, 2424 y 2433 del CCCN y los arts. 735 y 737 del CPCC, y ordenó notificar por medios electrónicos.

Declaratoria de herederos Sucesion intestada Notificacion electronica Conyuge sobreviviente 2424 2433 735 Heredero universal 737 116 Cpcc arts. 734 Cccn arts. 2337 Actuario / edicto negativo Fallecimiento 22/09/2015 Bienes gananciales observacion: no consta en el texto el nombre del juez que resolvio La decision es de primera instancia (tribunal) y consiste en declarar heredera universal a alcira angelica izzo.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Alcira Angélica Izzo (como solicitante de la declaratoria de herederos a tenor de la presentación electrónica). Demandado: Cirilo Birgilio Moreno (causante, fallecido). Objeto: Declaratoria de herederos y reconocimiento de la sucesión intestada, con carácter de heredera universal del cónyuge sobreviviente, sin perjuicio de los derechos por bienes gananciales. Decisión: Se declaró que por fallecimiento de Cirilo Birgilio MORENO le sucede en carácter de universal heredero su cónyuge Alcira Angelica IZZO, conforme a las normas citadas; se ordenó registro y notificación electrónica.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "1º) Se acredita el fallecimiento de Cirilo Birgilio MORENO, ocurrida el 22 de septiembre de 2015 -ver Declaratoria de Herederos en causa IZZO ALCIRA ANGELA S/ SUCESION AB-INTESTATO en trámite por ante mí-." "2º) El causante había contraído matrimonio en segundas nupcias con Alcira Angelica IZZO, el día 8 de junio de 1979 (ver Declaratoria de Herederos en causa IZZO ALCIRA ANGELA S/ SUCESION AB-INTESTATO en trámite por ante mí). Asimismo se deja constancia que los padres del causante GERONIMO MORENO y PILAR OVIEDO se encuentran fallecidos a la fecha y que de las primeras nupcias del causante no hubo descendencia, -ver FALLECIMIENTO
- DENUNCIA (239900438029272019)-." "3º) Según informa el Actuario en este acto en los términos del art.116 del CPCC, se ha constatado en https://www.boletinoficial.gba.gob.ar que el edicto de ley que prescribe el art. 734 inc. 2º del CPCC. se publicó en el día 13 de mayo de 2026, sobre cuyo resultado negativo también informa el Sr. Actuario en este acto." "Por ello, de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los artículos 2337, 2424 y 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación y 735 y 737 del CPCC., se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de Cirilo Birgilio MORENO le sucede en carácter de universal heredero su cónyuge Alcira Angelica IZZO, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los bienes gananciales." "REGISTRESE. NOTIFIQUESE en forma directa por Secretaría en virtud del Reglamento para las notificaciones por medios electrónicos (Ac. SCBA 4013, t.o. AC.4039/2021), sin que sea necesaria respuesta de la parte a quien se dirige la notificación, a: 20208613449@notificaciones.scba.gov.ar"

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