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ARCA c/ NEOTEK SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

ARCA inició ejecución fiscal contra NEOTEK SRL por el cobro de $17.646.271,42 más intereses y costas. El Juzgado Federal ordenó proceder a la ejecución hasta el íntegro pago y dispuso que la parte actora practique la liquidación de la deuda reclamada por razones de seguridad jurídica.

Costas Seguridad juridica Ejecucion fiscal Liquidacion de deuda Interes Mandamiento de intimacion Arca Juzgado federal de comodoro rivadavia Cpccn art. 70 Neotek srl


¿Quién es el actor?

Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex A.F.I.P.).

¿A quién se demanda?

NEOTEK SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.
- Objeto de la demanda: Ejecución fiscal del cobro de la suma de $17.646.271,42, con más intereses y costas.

¿Qué se resolvió?

Se mandó llevar adelante la ejecución contra NEOTEK SRL hasta hacerse íntegro pago a la ARCA de $17.646.271,42, con más sus intereses y las costas del proceso; y, por razones de seguridad jurídica, se ordenó a la parte actora que practique la liquidación de la deuda reclamada. Se impusieron las costas al demandado. Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes del decisorio):
- "La Agencia de Recaudación y Control Aduanero inicia la presente ejecución, persiguiendo el cobro de la suma de $ 17646271.42, con más el 15% para responder a intereses y costas, conforme surge del libelo de inicio."
- "Admitida la ejecución, se ordenó librar y diligenciar el mandamiento de intimación de pago; el cual se encuentra agregado en autos y da cuenta de la intimación practicada."
- "Ahora bien, dado que no se han opuesto excepciones al progreso de la presente, las costas se impondrán al demandado, según el principio objetivo de la derrota."
- "1) Mandar llevar adelante la ejecución contra NEOTEK SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, hasta hacerse integro pago a la AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO, de la suma de $ 17646271.42, con más sus intereses y las costas del presente proceso –art. 70 del CPCCN. 2) En atención a lo acaecido en diversas ejecuciones fiscales incoadas por la ARCA (ex A.F.I.P.) ante éste Tribunal ...; corresponde, por razones de seguridad jurídica, ordenar a la parte actora que practique liquidación de la deuda reclamada." (La cita precedente corresponde al texto del magistrado y refleja los fundamentos y la parte resolutiva dictada por la Jueza Federal Eva L. Parcio de Seleme.)

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