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BANCO INDUSTRIAL S.A. C/ GOMEZ MARIA ALEJANDRA S/ COBRO EJECUTIVO

Ejecución por cobro ejecutivo promovida por Banco Industrial S.A. contra María Alejandra Gómez por saldo de capital e intereses. El Tribunal ordenó la ejecución hasta que la ejecutada pague $75.297,59 más intereses (desde el 06/05/2018) y costas, limitando los intereses a 1,5 veces la tasa del Banco Provincia según criterio del Superior Departamental.

Intereses Costas Ejecucion Cobro ejecutivo Remate Domicilio constituido. Limite de tasa (1 Difiere honorarios Mora 06/05/2018 5 veces banco provincia) Perdida del derecho (art.116 cpc)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: BANCO INDUSTRIAL S.A. Demandado: MARIA ALEJANDRA GOMEZ Objeto: Cobro ejecutivo del capital reclamado de Pesos SETENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 59/100 ($75.297,59), más intereses pactados y costas. Decisión: Ordenar la continuación de la ejecución y remate hasta que la demandada efectúe el pago íntegro del capital reclamado ($75.297,59), más los intereses pactados limitados a una vez y media la tasa del Banco de la Provincia de Buenos Aires (según criterio del Superior Departamental en autos indicados), desde la mora (06/05/2018) hasta su efectivo pago, y más costos y costas de la ejecución. Se difirió la regulación de honorarios profesionales hasta la oportunidad de la liquidación respectiva. Se tuvo por constituido domicilio en los estrados al no existir domicilio legal dentro del radio del juzgado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Que la parte ejecutada no ha deducido excepciones legítimas en el plazo legal, que se encuentra vencido, según informa el Actuario en este acto, por lo que corresponde darle por perdido el derecho dejado de usar (arts. 116 C.P.C.)." "De acuerdo a ello y lo dispuesto por los arts. 540 y 548 del C.P.C., FALLO: 1.
- Mandar a llevar adelante la ejecución, hasta tanto la ejecutada MARIA ALEJANDRA GOMEZ haga al ejecutante BANCO INDUSTRIAL S.A. íntegro pago del capital reclamado de Pesos SETENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 59/100 ($75.297,59), con más los intereses pactados siempre que -en su conjunto
- no excedan el equivalente a una vez y media la tasa de interés que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento conforme el criterio del Superior Departamental en autos 'BANCO INDUSTRIAL S.A. C/ YARATI PAREDES HILARIA RAMONA S/ COBRO EJECUTIVO' (Exp. N° JU-11327-2018), sentencia del 04/08/2020 (N° Orden: 140
- Libro de Sentencia Nº: 61), desde la fecha de la mora (06/05/2018) y hasta su efectivo pago (art. 549 del CPC y art. 101, 103 y ccs. del Decr. Ley 5965/63), con más los costos y costas de la ejecución (arts. 68 y 556 CPC.).-" "Difiriendo la regulación de los honorarios profesionales, hasta la oportunidad en que quede firme la liquidación respectiva (art. 51 de la ley 14.967 y art. 730 del Código Civil y Comercial).-" "No habiendo la demandada constituido domicilio legal dentro del radio del juzgado y habiéndoselo notificado en LAVALLE A LA ALTURA DEL N 1575 DE JUNÌN, piénselo por constituido en los estrados del mismo.
- (art. 41 del C.P.C.)."

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