VILLADA JUANA ROSA S/ SUCESION AB-INTESTATO
Se tramitó declaración de herederos por sucesión intestada de Juana Rosa Villada. El Tribunal declaró por derecho que suceden como herederos sus hijos Eduardo Ariel y Roxana Lorena Villada y su cónyuge Máximo Cardozo, con distinción sobre bienes propios y gananciales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Los interesados que peticionaron la declaración (identificados en la resolución como los herederos: Eduardo Ariel VILLADA; Roxana Lorena VILLADA; y Maximo CARDOZO).
Demandado: La causante fallecida Juana Rosa VILLADA (acto sucesorio contra la masa hereditaria de la causante).
Objeto: Se solicitó la declaración de herederos por fallecimiento de Juana Rosa Villada (sucesión ab-intestato), acompañando partidas de nacimiento, matrimonio y certificado de defunción y practicadas las publicaciones de edictos.
Decisión: Se declaró por derecho que por el fallecimiento de Juana Rosa Villada le suceden en carácter de herederos sus hijos Eduardo Ariel y Roxana Lorena Villada y su cónyuge Máximo Cardozo, este último en cuanto a los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda sobre los gananciales. Se ordenó expedir testimonio del auto y su registración.
- Fundamentos principales de la decisión (textos reproducidos tal cual aparecen en la sentencia):
"PRIMERO: Con la copia electrónica del certificado adjunta a la presentación del día 22/04/2026, el fallecimiento de Juana Rosa VILLADA, ocurrido el 24 de enero de 2026; en la localidad de Moreno, provincia de Buenos Aires."
"SEGUNDO: Con las copias electrónicas de las partidas, adjuntas a la presentación 22/04/2026, 14/07/2026 y 01/09/2026, los siguientes extremos: A) el nacimiento y filiación de los hijos de la causante: Eduardo Ariel, nacido el día 18 de septiembre de 1978; y Roxana Lorena, nacida el día 6 de junio de 1980; y B) el matrimonio de la nombrada causante con Maximo Cardozo, acto celebrado el día 5 de junio de 1998 en Moreno, provincia de Buenos Aires."
"TERCERO: Con la certificación realizada el día 15/07/2026 haberse hecho la publicación de edictos ordenada, sobre cuyo resultado informó la Actuaria en dicho acto."
"Por ello, lo solicitado, lo dictaminado por el Ministerio Público interviniente y en orden a lo dispuesto por los arts. 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación y 735 y 737 del C.P.C.C., RESUELVO: declarar en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de Juana Rosa VILLADA, le suceden en carácter de herederos sus hijos Eduardo Ariel y Roxana Lorena VILLADA y su cónyuge Maximo CARDOZO, este último en cuanto a los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda sobre los gananciales. Oportunamente dese testimonio de este auto. REGÍSTRESE.-"
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