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MUNICIPALIDAD DE MORENO C/ RIVERO CHAMORRO DIEGO DANIEL Y OTRO/A S/ APREMIO

La Municipalidad de Moreno solicitó homologación de un acuerdo de pago y el levantamiento de medida cautelar contra Diego Daniel Rivero Chamorro. El Tribunal homologó el convenio por $1.689.305,31, impuso las costas conforme lo convenido, tuvo por adecuados los honorarios pactados por $304.074,95 y dispuso el levantamiento de la medida cautelar.

Costas Honorarios Reconocimiento de deuda Medida cautelar Tasa de justicia Levantamiento de medida Homologacion de convenio Municipalidad de moreno Ejecucion/apremio Art. 23 ley 13.406.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Municipalidad de Moreno, representada por el Dr. Jorge Gustavo David Quintana. Demandado: Diego Daniel Rivero Chamorro y Cynthia Lujan Teruel. Objeto: Homologación de un acuerdo de pago celebrado entre la Municipalidad de Moreno y Diego Daniel Rivero Chamorro (con reconocimiento de deuda y pago en 5 cuotas) y consecuente levantamiento de la medida cautelar decretada el 03/09/2025. Decisión: Se homologó el acuerdo denunciado (monto $1.689.305,31), se impusieron las costas a la parte ejecutada conforme lo convenido, se tuvieron presentes los honorarios pactados ($304.074,95) y se ordenó el levantamiento de la medida cautelar. Se registren y notifiquen las actuaciones; se tuvo por cumplido lo exigido por la ley 6716 y acreditado el pago de la tasa de justicia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
- "PRIMERO: El letrado apoderado de la parte actora Dr. Jorge Gustavo David Quintana y Diego Daniel Rivero Chamorro han arribado a un acuerdo de pago, el cuál ha sido acompañado junto con la presentación efectuada el 08/04/2026."
- "SEGUNDO: Teniendo en cuenta que los Sres. Daniel Rivero Chamorro y Cynthia Lujan Teruel, citados en la providencia dictada el día 23/04/2026 a ratificar el convenio celebrado con la Municipalidad de Moreno, no comparecieron a dar cumplimiento pese a estar debidamente notificados el día 12/08/2026 ... corresponde su homologación (art. 23 ley 13406)."
- "TERCERO: Teniendo en cuenta que mediante la suscripción del convenio de pago en 5 cuotas celebrado entre la Municipalidad de Moreno y Diego Daniel Rivero Chamorro se ha efectuado el reconocimiento de la deuda, la distribución de las costas corresponde su homologación (art. 23 ley 13406)."
- Bloque dispositvo final (texto reproducido íntegro, ya que es lo resuelto): "RESUELVO: 1) Homologar el acuerdo de pago arribado por la parte actora y el Sr. Diego Daniel Rivero Chamorro, que se expresa electrónicamente en la presentación efectuada el día 08/04/2026 (art. 23 de la ley 13.406); 2) Imponer las costas a la parte ejecutada de acuerdo a lo convenido en el acuerdo (art. 73 -in fine
- del C.P.C.C.); 3) Teniendo en cuenta el monto del acuerdo denunciado de $1.689.305,31 -véase presentación del 14.12.23
- (art. 116, C.P.C.C.), y toda vez que los honorarios pactados en el convenio adjunto al Dr. Jorge Gustavo David Quintana (T°XI, F° 384, CAM), en la suma de $304.074,95 se ajustan a las previsiones del art. 22 de la ley 13.406, se los tiene presentes. REGISTRESE con copia del acuerdo acompañado y NOTIFIQUESE."
- Además: "Con las constancias presentadas en autos, téngase por cumplido con las exigencias del art. 21 y 22 de la ley 6716." y "Téngase por acreditado el pago de la tasa de justicia y su contribución conforme los comprobantes acompañados."
- No se consignan votos en disidencia en el acto resolutorio; el bloque dispositivo final es claro y prevalece.

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